Una antología sobre el rematrimonio (#732)

Una antología sobre el matrimonio después del divorcio

Contenido

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La S en la columna a la derecha corresponde a escritos que reconocen la excepción que el Señor estableció con respecto al divorcio y rematrimonio. La N corresponde a escritos que no la reconocen.

 

Prefacio                                                 D.R.A.

Matrimonio y rematrimonio                 Albert McShane    S

Matrimonio y divorcio                         W.R. Lewis                                                S

¿Es posible romper el lazo matrimonial?   Loyd Cain        S

Divorcio                                                 J.W. McMillan    S

Una historia del matrimonio,
divorcio y rematrimonio                       James Gunn          S

Matrimonio y divorcio                         C.S. Summers       S

Respuestas a preguntas —
Vine y Lewis; Hogg y Watson; William Hoste;
J.N. Darby; William Kelly; W.F. Naismith         S

A.C. Hill; H. Baillie                                             N

¿Tan sólo la muerte rompe
la relación matrimonial ?                      F.C. Jennings        S

El creyente y el divorcio                       A. Stenhouse        N

Rematrimonio y comunión
en la iglesia local                                   F.A. Adams         N

Diez razones y nueve razones               W.F. Hunter         N

Prefacio

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A veces las discusiones sobre el divorcio y rematrimonio generan más calor que luz. Es decir, son temas que se prestan a opiniones fuertes y posiciones extremas a expensas de una consideración seria de las enseñanzas de la Palabra de Dios en su conjunto.

Esta antología recoge escritos preparados por más de una veintena de hermanos en la fe que están o estaban congregados en el nombre del Señor Jesucristo en asambleas en más de media docena de países. Todos los autores son, o eran en su tiempo, de reconocida trayectoria entre el pueblo del Señor, y la gran mayoría de ellos han escrito obras sobre otros temas bíblicos que son bien conocidos entre cristianos de habla inglesa.

Pero el valor de los escritos no se fundamenta tanto en quiénes los prepararon, ni en la diversidad de ambientes que los influenciaron, sino en la medida en que sirvan para dirigir nuestra atención a las Santas Escrituras.

El suscrito no está de acuerdo con todo lo que figura en esta colección. El lector tampoco. Uno no puede estar, ya que algunos autores discrepan grandemente entre sí. Por lo menos uno de los artículos fue preparado con el propósito específico de rebatir a otro que también figura en la antología.

Como se indica en la tabla de contenido, el material consiste en escritos que reconocen la fornicación como posible motivo para el divorcio, y escritos que no lo reconocen. Los primeros son más abundantes por la sencilla razón que entre este grupo existe mucho más material digno de traducción y publicación. El suscrito no ha incluido muchos otros escritos que obran en su poder (ni de un tipo ni de otro), mayormente por la razón mencionada en el primer párrafo de este prefacio.

Entre los que se congregan al solo Nombre y son concienzudos en el estudio de la Palabra:

  • Hay los que creen que la fornicación de parte de un cónyuge debe dar por resultado el divorcio. El lector verá que ésta era la opinión de algunos grandes líderes “exclusivistas” como Kelly y Darby, pero también la expone aquí nadie menos que William Hoste.
  • La opinión mayoritaria es que la fornicación puede dar por resultado el divorcio y rematrimonio, aunque no necesariamente sea lo más conveniente.
  • Otra opinión, también expuesta extensamente en estas páginas, es que un creyente no debe divorciarse, o por lo menos casarse de nuevo, en ninguna circunstancia.

Continuando, hay diversidad de criterio sobre otros aspectos. Por ejemplo, la relevancia que tiene el hecho de que el rematrimonio haya tenido lugar cuando una persona todavía no era salva. Algunos hermanos ven la imposibilidad de resolver de un todo ciertas situaciones de matrimonio después de un divorcio sin justificación, mientras que otros asumen una postura inexplicablemente severa en lo que se refiere a la asamblea local.

Estos son los lineamientos básicos de un debate que Satanás está usando con gran éxito para perturbar al pueblo del Señor, partir corazones y dividir asambleas. Algunos que se ha tildado como “liberales” en cuanto a la comunión entre asambleas, asumen posiciones conservadoras en cuanto al rematrimonio. Lo opuesto es igualmente cierto, como el lector verá si tiene cierto conocimiento de los autores de los escritos.

Si es que pensamos conducirnos según la voluntad del Maestro, tanto en nuestro propio andar como en el desempeño de responsabilidades entre el pueblo suyo, tendremos que tener presentes dos pasajes que no figuran en toda esta colección. Son de una importancia primaria,

no sólo al enfrentar las difíciles y variadas cuestiones del rematrimonio sino en toda la actuación de los líderes en iglesias locales.

Los pasajes son éstos:  Oh hombre, El te ha declarado lo que es bueno, y qué pide Jehová de ti: (1) hacer justicia; (2) y amar misericordia; y (3) humillarte ante tu Dios. Miqueas 6.8 A algunos que dudan, convencedlos. A otros salvad, arrebatándolos del fuego. Y de otros tened misericordia, aborreciendo aun la ropa contaminada por su carne.  Judas 22.23

D. R. A.

Matrimonio y rematrimonio

Albert McShane; Irlanda del Norte;
documento mimeografiado, 1980 aproximadamente

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Un problema caracterizado por perjuicios

Los que enseñan las Sagradas Escrituras siempre se han mostrado poco dispuestos a tocar los temas delicados del matrimonio y el divorcio, ya que ellos no ignoran el hecho de que en las mentes de muchos creyentes existen ideas sobre estos asuntos que les han sido dadas por tradición pero son ideas que no resisten la prueba de la Palabra de Dios. A veces se exponen éstas en reuniones públicas y con tanto dogmatismo que los oyentes se inclinan a creer que están escuchando la verdad divina.

Las normas de moralidad van en descenso cada vez más, y como consecuencia hay muchos hogares deshechos. Los cristianos se encuentran expuestos siempre al peligro de ser influenciados por la sociedad en la cual viven y por lo tanto deben estar bien instruidos en la santidad del matrimonio como la Palabra de Dios la revela. Cualesquiera que sean las opiniones de hombres, la Palabra divina queda inmutable y debe ser el tribunal de última instancia en todo asunto.

 

El matrimonio

Edén: El patrón que Dios ha dado

El matrimonio, como Dios lo ha dispuesto, es la unión de un varón y una mujer de tal suerte que los dos sean una sola carne. Fue instituido por Él al comienzo y fue diseñado no sólo para la felicidad de la humanidad sino también para la procreación de la raza. Adán fue provisto de una sola esposa, aun cuando Dios fácilmente haya podido hacerle varias. No obstante el hecho de que se haya encontrado enteramente pasivo cuando Eva fue formada, Él se satisfizo de ella y gustosamente le aceptó como esposa suya.

Reconocemos que ella fue parte de él de una manera que ninguna otra esposa ha sido parte de su marido, pero en el día de hoy las parejas casadas siguen siendo una misma carne como lo eran Adán y Eva. Sean como fueren las irregularidades que se han presentado en materia del matrimonio a lo largo de los siglos, es obvio que el patrón acertado fue dado en la primera unión conyugal, y por lo tanto fue a ésta que el Señor dirigió sus oyentes al ser interrogado sobre el tema.

 

El procedimiento en tiempos bíblicos

En todas partes de las Escrituras la manera normal de matrimonio parece ser algo distinta a la que prevalece en nuestra época, pero no es difícil ver que en esencia hay mucha semejanza entre el pasado y el presente. En ambos Testamentos el matrimonio parece haber sido consumado en tres etapas.

Primero había el desposorio de la novia. En esta parte del matrimonio la pareja, según entendemos, jugaba un papel inactivo, siendo realizadas todas las gestiones por los padres respectivos. Aun cuando ellos no se encontraban realmente unidos, se hablaba a veces de los dos como esposo y esposa. Él tenía reclamo sobre ella, pero ella no era todavía su esposa en el sentido pleno de la palabra.

La segunda etapa se realizaba en el día fijado para las bodas, cuando se reunían los amigos para participar en las festividades. En esta celebración, y probablemente al comienzo de la misma, el padre de la novia la presentaba, debidamente ataviada, a su novio en presencia de los convidados.

La tercera etapa, la última, era el acto de consumar la unión, los dos a solas en la cámara nupcial. Después, la esposa volvía a sus padres con “la vestidura” que evidenciaba dos cosas. Una, que el matrimonio había sido realizado de un todo; y, dos, que ella había sido virgen pura al ser presentada a su esposo. Véase Deuteronomio 22.15 al 17.

A lo largo de las Escrituras los casados se ven como una sola carne, lo cual implica claramente una relación física. Es extraña a sus páginas la idea de un matrimonio no consumado. Aun cuando un hombre había forzado a una señorita, él estaba en el deber de tomarla como su esposa, Deuteronomio 22.28,29, por el solo hecho de que este acto le había hecho a él una carne con ella. “… el que se une con una ramera, es un cuerpo con ella”, 1 Corintios 6.16.

 

La ausencia de una ceremonia obligatoria

Cuando consideramos los varios pasajes bíblicos que tienen que ver con el matrimonio, no podemos dejar de sorprendernos que las Escrituras no den instrucciones sobre una ceremonia matrimonial, ni proporcionan ellas evidencia alguna de si el novio o la novia hacían votos o firmaban algún documento al casarse. Fue simplemente una experiencia doméstica y física y de ninguna manera encerraba cuestiones de religión o rito.

Ningún israelita iba al tabernáculo o al templo para casarse, ni se rubricaba su matrimonio con presentarse ante el altar. Aun levantado el templo, no se lo usaba como un salón de bodas. Extraño que sea a nuestro modo de pensar, ningún sacerdote o profeta, o ningún apóstol si quiera, fue llamado para dirigir una ceremonia matrimonial.

 

Las prácticas en estos tiempos

Bien podríamos preguntar, entonces, cómo se comparan las ideas corrientes en cuanto al matrimonio con las que encontramos en la Biblia. De entrada tenemos que reconocer que mucho error en cuanto al matrimonio surge de la enseñanza falsa de la Iglesia de Roma en el sentido que se trata de un sacramento y que no es sólo una unión de cuerpos sino de espíritus también. Por cierto, a nadie se le considera casado, en los ojos de aquella iglesia, si no estaba presente un sacerdote y si la pareja no participó de la misa en su ceremonia nupcial. Una vez efectuada esta unión, se dice, Dios ha juntado la pareja de tal manera que un divorcio sería imposible. Las iglesias protestantes, si bien no creen que el matrimonio une los espíritus humanos, siguen por la misma senda; asignan importancia al lugar donde se efectúa la ceremonia, la presencia del clero y la realización de una ceremonia.

La mayoría están de acuerdo en que el “compromiso” de nuestros tiempos cumple la función del desposorio mencionado en las Escrituras. En muchos casos, sin embargo, los padres tienen poca voz en el contrato entre los dos que contemplan el matrimonio. Tal vez las bodas correspondan a la presentación efectuada en siglos pasados, porque en muchos países se habla de que el padre “da” a su hija en matrimonio.

En los ojos del Estado los dos son casados una vez realizada la ceremonia respectiva, consistiendo ésta no sólo en los votos verbales sino también en firmas en el libro de actas, tanto de parte de los contrayentes como de los testigos y, más de todo, del funcionario responsable. Se presume que quienes toman estos votos los van a cumplir, o sea, consumar el matrimonio; si después de un tiempo los dos que profesan haberse casado han dejado de hacerse “un cuerpo”, y si ellos desean separarse, no hace falta ninguna iniciativa de divorcio sino simplemente una anulación de los votos matrimoniales incumplidos, dejando los dos en la condición en que se encontraban antes de profesar matrimonio.

Es de temer que algunas parejas, al casarse, no reflexionan sobre los votos que hacen. No es nada menos que profanidad invocar el nombre de Dios al hacer una promesa sin la intención o capacidad de cumplirla.

En las Escrituras nunca se estila el matrimonio como un contrato privado entre dos personas. Es de un todo pecaminoso que un hombre y una mujer se pongan de acuerdo ocultamente para vivir juntos como si fueran marido y esposa. Debe haber más bien una manifestación pública de que son el uno del otro en una relación permanente, conforme a lo que las leyes del país exijan, suponiendo por supuesto que dichas leyes no estimulen nada que colida con las leyes de Dios. Toda pareja debidamente unida en matrimonio se hace “un cuerpo”, pero no todos los que se hacen un cuerpo son debidamente casados. Pablo enseña que el que se une con una ramera, es un cuerpo con ella, y nadie cree que semejante unión sea un matrimonio.

 

Un caso atípico

Mucho se ha dicho y escrito sobre el matrimonio con base en la relación singular entre María y José, la madre de Jesús y su padre nominal. Parece enteramente injusto basar la práctica común en este caso tan inusual, pero se lo ha empleado para insistir en ideas bastante extrañas. Se habla de esta pareja como esposo y esposa, y por esto algunos alegan que todos los desposados eran en efecto casados.

Tenemos que saber que las voces para hombre y mujer se traducen como marido y esposa, respectivamente, y que el contexto indica cómo entenderlas. Hay que distinguir entre un esposo / esposa en perspectiva y uno que lo sea en realidad. Nada podría ser tan peligroso en nuestros tiempos que decir a una pareja comprometida que ya son esposo y esposa; al ser así, ellos podrían deducir erróneamente por eso que no sería pecado realizar relaciones conyugales.

Es muy importante notar el equilibrio de las Escrituras en su presentación de la historia de los padres de Cristo. En la historia narrada por Mateo se dice que José fue mandado tomar a María por esposa. Lo hizo, y al hacerlo se estableció ante la Ley como padre de aquel que nacería, pero “no la conoció hasta que dio a luz a su hijo primogénito”, Mateo 1.25. En Lucas la narración es un poco diferente, ya que leemos en el 2.5 que José viajó “para ser empadronado con María su mujer, desposada con él”, aun cuando en este momento la criatura estaba por nacer. Es evidente, entonces, que ella fue conocida legal y públicamente como esposa de él, pero, no habiéndose llegado a ser “un cuerpo”, ella todavía es llamada la desposada.

Cuando José contemplaba “dejarla secretamente” por no comprender el caso, no debemos imaginarnos que contemplaba el repudio del cual hablaban los fariseos en Mateo capítulo 19, ya que no había duda sobre qué se debería hacer con una novia desposada pero infiel. Todo lo que José tenía en mente era romper el compromiso; o sea, no proceder con el matrimonio.

 

Algunas desviaciones inaceptables

Es evidente que si es correcto lo que se expone aquí como el matrimonio conforme a las Escrituras, no debe haber tal cosa como nupcias desde un lecho de muerte. Esta práctica extraña puede presentarse cuando una mujer desea heredar un título o los bienes de otro, pero un cristiano no debe contemplarla.

De la misma manera, las Escrituras desconocen el casamiento de un eunuco. Hombres con semejante deformación física pueden falsificar votos nupciales y firmar documentos, pero ellos no son casados, como tampoco lo serían dos personas del mismo sexo que se sometieran a la misma ceremonia. Dios aborrece la falsedad, así que deben terminarse tan pronto como sea posible cualesquier relaciones ficticias que existan. Hay que poner en la misma categoría el casamiento de niños. Debe darse en matrimonio una hija solamente una vez que ella “pase de edad”, 1Corintios 7.36; o sea, cuando se madure.

En los tiempos del Antiguo Testamento, […] muchos de los siervos de Dios tenían más de una esposa. Si bien es cierto que se toleraba esta práctica y no había reproche sobre ellos por las circunstancias, el Señor, al tratar la cuestión del matrimonio, restableció el patrón original de un esposo y una esposa.

Se entiende que la unión, una vez establecida, perdure mientras los dos estén en el cuerpo. Muerto uno de ellos, esta unión queda deshecha por la sencilla razón que ha perecido el cuerpo de una de las partes. Por lo tanto, el sobreviviente está en libertad de casarse de nuevo. Si el matrimonio fuera de espíritus en vez de cuerpos solamente, la muerte no la terminaría por cuanto todavía existen los dos espíritus, aunque en mundos diferentes.

 

El divorcio

El divorcio antes de la Ley

Debido a la Caída, nunca se ha realizado mucho de lo que Dios había propuesto para la raza humana, y esto queda demostrado dolorosamente en la esfera conyugal. Muchas parejas, habiendo comenzado gozosamente a vivir juntos, han llegado a ver el día cuando lamentaron haberse conocido.

Algunas personas han pensado erróneamente que no había tal cosa como el divorcio hasta los tiempos de Moisés. Por cierto, hay quienes le echan a él la culpa por introducir el concepto en las leyes de Israel, como si hubiera legislado por su propia cuenta en vez de decir lo que Dios le mandó. Tememos más bien que muchas esposas habrán sido desechadas desde Adán hasta Moisés, y ejemplo de esto lo vemos en la historia de Abraham.

Agar, sierva de Sara, le fue dada al patriarca y llegó a ser su esposa, aunque en un sentido secundario porque posiblemente ella está incluida en la palabra concubinas que figura en el plural en Génesis 25.6. Encontrándose bajo presión de parte de su ama, ella huyó del hogar pero fue instruida del ángel a volver y someterse. En esto tenemos un ejemplo de la separación temporal, haciendo recordar 1 Corintios 7.11 donde Pablo enseña que los separados deberían abstener de casarse o ser reconciliados a sus cónyuges.

Sin embargo, unos quince o dieciséis años más tarde aconteció algo más grave. Abraham, bajo la exigencia de Sara y con la aprobación de Dios, echó fuera a Agar y la repudió de una manera definitiva. Podemos estar seguros de que este primer ejemplo del divorcio en las Escrituras no fue ningún caso aislado, e igualmente seguros que no todos los maridos que despachaban a sus esposas o concubinas les suministraban pan y agua como hizo Abraham cuando repudió a esta mujer.

Aun cuando se haya casado con otra mujer después de la muerte de Sara (algunos creen que fue mientras ella vivía), él nunca intentó restaurar a Agar a la posición que ella tenía antes. Tampoco había sido él impulsado a revocar su decisión a causa de su recelo en despacharla ni a causa de su afecto por Ismael.

 

El divorcio bajo la Ley

La incorporación de una “carta de divorcio” en las leyes de Israel fue una gran bendición a las esposas infelices que fueron repudiadas por sus esposos, ya que aseguró dos cosas. Primeramente, les dejó autorizadas a casarse de nuevo; y, en segundo lugar, les libró del peligro de muerte por infidelidad.

El pasaje que trata de este tema, Deuteronomio 24.1 al 4, realmente tiene bajo consideración un solo punto principal; a saber, que una mujer no debe volver a su antiguo marido bajo ninguna circunstancia, una vez que ella haya sido repudiada y se haya casado de nuevo. No es sólo que aquel matrimonio había sido roto, sino roto de tal manera que no admitiría ser compuesto. Se ha sostenido que la infidelidad fue en ese entonces la única base para el divorcio, pero este criterio es de un todo errado, ya que en el caso de infidelidad sufrían la pena de muerte tanto la desposada infiel como la esposa infiel; Deuteronomio 22.21,22.

Se ha presentado cierta dificultad en cuanto al sentido de la expresión “alguna cosa indecente” en Deuteronomio 24.1. El término es en realidad desnudez y no puede referirse a la infidelidad, como ya hemos visto. Una consideración cuidadosa del pasaje deja ver que el motivo del segundo marido por divorciar a la mujer es que él la “aborrece”. ¿No es ésta la clave al sentido de la primera expresión, mostrando que la causa verdadera del divorcio fue la falta de amor? La esposa rechazada fue considerada como desnuda de aquellas cualidades que su esposo esperaba en ella. Cuando existe el verdadero amor entre un hombre y su mujer, la idea del divorcio nunca les pasa por la mente.

La “carta” servía otro fin, por cuanto impedía al marido actuar precipitadamente o por simple disgusto. Fue la consecuencia de una decisión deliberada. Al escribir la declaración, el esposo sabría que en toda probabilidad él nunca volvería a tener su esposa consigo una vez formalizada el documento. En nuestros tiempos nos preguntamos cómo aquella mujer podría obtener un segundo marido, pero entenderemos que las esposas escaseaban en Israel una vez que nos recordamos que la poligamia abundaba.

 

Protección para la dama

Había dos esposas en Israel que no podían ser repudiadas de sus esposos. Una, la que él obtuvo por violarla; otra, la que había calumniado siendo ella inocente.

En el primer caso, salvo que el padre de la mujer no estuviera de acuerdo, ella pasó a ser esposa del varón por la lujuria de este y sin la aprobación previa de su padre. El agresor tenía que pagar un dote de cincuenta piezas de plata, y no la podía despedir en todos sus días; Deuteronomio 22.29.

El segundo caso era todavía más serio. Al ser cierta la acusación de infidelidad de parte de la mujer antes de casada, ella tenía que ser apedreada; Deuteronomio 22.21. Al no ser cierta la acusación, los padres de la muchacha presentaban a los ancianos las señales de su virginidad que mencionamos antes. El acusador entregaba cien piezas de plata al padre, quien le azotaba públicamente con la cuota de rigor. A la vez, estaba prohibido de repudiarla en toda su vida; Deuteronomio 22.14 al 19.

Obviamente, estas leyes en Israel fueron diseñadas por Dios para restringir las prácticas malvadas que prevalecían en el mundo en aquel entonces, y para proteger las mujeres de la nación de una manera que las demás naciones desconocían. En esto, manifestó su intolerancia de la inmoralidad en cualquier forma que se presentara.

 

“Mas yo os digo …”

Cuando llegamos a las enseñanzas de Cristo sobre la materia del divorcio, aprendemos que Él prohibe una práctica tan anormal, excepto al haber fornicación. Había gran discrepancia de opinión entre los judíos sobre si cualquier causa justificaba que el marido rompiera el nexo matrimonial, o si hacía falta alguna cosa más grave para tomar este paso drástico.

El les mostró que, cónsono con el patrón original, la unión una vez constituida debe perdurar de por vida, de manera que el repudio no se justifica por cualquier causa sino por una sola, la fornicación. Este pecado atenta contra el objetivo vital del matrimonio, a saber, la unidad de cuerpo, y por esto rompe en los ojos de Dios la unión que Él ha propuesto. “Yo os digo que cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con otra, adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera”.

Algunos (pero, felizmente, no muchos estudiosos de mayor reputación) han intentado enseñar que la fornicación se limita a los pecados cometidos fuera del vínculo matrimonial, y por lo tanto el Señor tenía en mente la mujer desposada cuando Él pronunció esta cláusula condicional. Es por demás claro por todo el contexto de Mateo capítulo 19 que se emplea la voz esposa de la manera corriente. Ni el Señor, ni los fariseos, ni los discípulos llegaron a pensar otra cosa. Es cierto que adulterio se limita a las relaciones ilícitas de los que son casados, pero la palabra fornicación abarca tanto que puede ser aplicada al casado como al soltero. Es un término genérico que cubre todo comercio sexual ilícito; adulterio, en cambio, es un término específico y se limita a una forma de fornicación.

Si se busca prueba de esta interpretación de las palabras, uno tiene que leer tan sólo Jeremías capítulo 3 en la Versión de los Setenta y observar que se emplean ambas voces al referirse a la infidelidad de Israel en relación con el Señor. Más obvio para muchos sería el caso de Apocalipsis 2.21 al 23, donde se emplean ambas palabras al hablar de los pecados de la corrupta Jezabel.

Hay que recordar también que cuando una asamblea disciplina a un adúltero, se le excomulga sin excepción con base en 1 Corintios 5, y este pasaje trata de la fornicación sin mencionar una sola vez el adulterio. También es evidente que el ofensor en este capítulo fue culpable no sólo del incesto sino del adulterio; 2 Corintios 7.12. Cuando Pablo escribe, “Huye de la fornicación”, podemos estar seguros de que no estaba limitando su advertencia a los solteros. Esta distorsión del sentido tan obvio de las palabras nunca se hubiera presentado si no fuera por el deseo de hermanos de borrar de las Escrituras toda posibilidad de divorcio en la época actual.

 

La gravedad de la fornicación

Cuando se deterioran las normas morales, el pecado de la infidelidad es visto livianamente y como cosa nada más grave que el robo u otros crímenes que traen desgracia sobre quienes los cometen. Pero cuando acudimos a las Escrituras vemos que este pecado está ubicado en la misma categoría que el del homicida, ya que ambos merecieron la pena de muerte. No nos queda duda, entonces, sobre su gravedad.

Una vez que un hombre haya cegado la vida de otro, él ha hecho algo que nunca podrá deshacer. Una vez que un cónyuge haya buscado a otro, él nunca podrá, por mucho que lamentare su acción, recuperar su antigua unidad. Puede que los hermanos le obliguen a la parte inocente mantener el matrimonio, o quizás la pareja intente proseguir como si nada hubiera sucedido, pero la realidad del caso será que la tolerancia desplazca el afecto.

 

La base para el divorcio

Muchos leen las palabras del Señor, “Lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”, como si Él hubiera dicho, “A los que han sido juntados por Dios, que nadie los separe”. Ellos dejan de darse cuenta de que se refiere a “una sola carne” y por lo tanto se emplea el neutro, lo. [«Lo que Dios juntó”, no, “Los que Dios juntó”.] Se deduce que si un hombre se casa con una mujer que ha sido repudiada por algo menos que la fornicación, él es culpable del adulterio por cuanto ella no ha roto su unidad con su esposo original.

Hay quienes permiten el divorcio a causa de la infidelidad pero no permiten que los divorciados se casen de nuevo. Semejante idea es extraña a las Escrituras, ya que es obvio que el Señor —y Moisés también— habla del matrimonio inmediatamente después de mencionar el divorcio. El divorcio sin la libertad de casarse de nuevo no es divorcio, sino separación. Un divorcio bíblico deja a las dos personas involucradas tan libres como lo eran antes de casarse.

Se puede preguntar, entonces: ¿Es justo que cristianos se divorcien el uno del otro? Definitivamente no, por el simple hecho que la única razón permitida por el Señor es la de la fornicación, y a nadie se le ocurriría hablar de un creyente fornicador. Quienes se rebajan a este proceder se dejan fuera de los límites del cristianismo y deben ser considerados por el momento como no creyentes.

Esto quiere decir que si un cristiano repudia a su cónyuge culpable, él o ella hace lo que el Señor permite. Si después de un tiempo la persona culpable se arrepiente y se muestra ser creyente de veras, este individuo no puede guardar rencor contra quien se divorció de él o ella, aun si se casó de nuevo, porque hizo algo que el Señor permitió. La culpa está a la puerta de quien cometió el pecado de fornicación.

 

Una conclusión errónea

Algunos argumentan que el divorcio echa a perder el tipo [la figura] de Cristo y su Iglesia. No es tanto que el divorcio eche a perder el tipo, sino que es la causa. ¿Quién puede concebir a un fornicario como tipo de Cristo o de la Iglesia?

Todos lamentamos que el divorcio vaya en aumento en el mundo, pero con todo no debemos dejar de reconocer que la norma moral es muy inferior en tierras donde prácticamente no hay divorcio. En muchas de éstas los hombres viven como animales, frecuentemente sin pensar si quiera en casarse, sino en cambiar de una mujer a otra sin sentir responsabilidad alguna.

 

¿Divorcio obligatorio?

Otra pregunta que puede surgir de lo que se ha escrito aquí es: ¿El divorcio debe seguir irremisiblemente cuando ha habido infidelidad? La respuesta es que la decisión de divorciarse o no queda exclusivamente con la parte ofendida.

Si se asume la posición que el mal es tan grave como lo declaran las Escrituras, se terminará el matrimonio. En cambio, si las normas sociales son bajas y se considera que el mal admite ser perdonado, entonces este paso no será tomado. En un mundo donde algunos practican el canje de esposas y los casados suelen pasar los fines de semana con alguien que no sea su pareja legítima, no debemos sorprendernos si aun los creyentes se encuentran tentados a considerar la infidelidad como cosa de un momento de debilidad.

Cualquiera de las dos actitudes que asumamos, no se modificará el decreto que, “A los fornicarios y a los adúlteros los juzgará Dios”.

 

La asamblea

Ideas de hombres

Algunos afirman con denuedo que ningún divorciado será recibido a la comunión de la asamblea mientras ellos formen parte de la misma. Otros sostienen que si se incorpora una persona divorciada en una asamblea y ésta se casa posteriormente, entonces la tal persona y su pareja deben ser excomulgadas.

Los individuos que tienen estas ideas creen que están preservando la pureza del testimonio. Tenemos que estar conscientes de que la enseñanza de las Escrituras es universal y puede ser practicada en el mundo entero. Si consideramos el estado de Corinto cuando Pablo visitó la ciudad con el evangelio, podemos ver fácilmente que jamás ha podido plantar una asamblea allí al haber exigido de los que profesaron fe que sus vidas en el hogar se ajustasen a normas cristianas.

En Romanos capítulo 2 se nos enseña que Dios juzga a los hombres a base de la ley que conocen. Por esto, si un hombre se encuentra divorciado legalmente y con posterioridad se casa legalmente, entonces él está viviendo con arreglo a la ley como la conoce. Si Dios le salva cuando está en ese estado, es de esperar de él que continúe en el matrimonio con su esposa legal, ya que según 1 Corintios 7, “cada uno en el estado en que fue llamado, en él se quede”.

Exigir a esa persona que se divorcie de nuevo, es oponerse a la más palpante enseñanza del apóstol. Dios le salvó al hombre en esa condición de casado, y no tenemos derecho alguno de entorpecer lo que Dios ha permitido suceder. En el caso de uno siendo salvo cuando divorciado, debe ser recibido como cualquier otro creyente nuevo; si se casa posteriormente, él no ha pecado por cuanto ha sido librado de su antigua esposa (véase 1 Corintios 7.27). Habiendo dicho esto, debemos decir otra vez que sería una violación de las enseñanzas de Cristo que cristianos se divorciaren por alguna causa menor que la fornicación, y luego se casaren de nuevo. Ellos tendrían que ser tratados con arreglo a normas cristianas; o sea, excomulgados como adúlteros.

 

Aceptados y salvados por gracia

Quizás el problema no se presenta en aquellas partes del mundo donde hay pocos divorcios, pero estos lugares son cada vez menos. No es cosa desconocida que los hermanos hayan desistido de invitar a sus reuniones de evangelización las parejas divorciadas y recasadas, acaso estas respondan al mensaje del evangelio y lleguen a solicitar comunión en la asamblea.

Tengamos presente que los antecedentes negros del pecado no son tema del interés al evangelista, ni podemos concebir de un apóstol averiguando acerca de la vida doméstica de sus oyentes. Ellos no fueron enviados a deshacer el hogar de sus convertidos. Si había algo fuera de orden que podría ser rectificado, esto se hacía sin titubear, pero el esclavo seguía siendo esclavo y el legalmente casado seguía casado. Los apóstoles no eran reformadores sociales, así que enseñaban al pueblo del Señor a continuar normalmente en sus nexos. Si los incrédulos deshacían el hogar, esto se aceptaba, pero nunca se propuso que el evangelio tuviera este efecto.

Con la proclamación de tantas declaraciones acerca de la inviolabilidad del nexo matrimonial, no nos sorprende que muchos piensen que sólo la muerte puede romperlo. Es difícil entender cómo una persona que lee su Biblia puede aceptar esta falsedad. El idealismo quizás convenga a una raza no caída, pero Dios legisla para el hombre como una criatura caída, y nunca le exige lo imposible.

 

“Cosas en las cuales has sido instruido”

Acaso alguno crea que los criterios expresados en este escrito sobre el divorcio sean novedosos, y que constituyan un intento por acomodar las Escrituras a la sociedad moderna, tal vez sea aconsejable señalar que los teólogos de todas las épocas están en un sorprendente acuerdo. Quizás no haya otro tema sobre el cual exista esta unanimidad. Desde los días de Crisóstomo, 300 D.C., hasta ahora casi todos dicen claramente que hay una sola justificación del divorcio, a saber, la infidelidad, y que la parte ofendida está en libertad de casarse de nuevo si desea hacerlo.

Si pensamos en J.N. Darby, Franklin Ferguson, F.W. Grant, W.J. McClure, William Kelly, Henry Pickering, William Hoste, J.R. Caldwell, W.E. Vine, T.D.W. Muir, Donald Ross, A.J. Holiday, C.F. Hogg, Donald Monroe, W.R. Lewis, George Goodman, William Warke, F.C. Jennings, William Rodgers, C.J. Baker, J.B. Watson, Henry Ironside, Campbell Morgan, A.C. Gabelein, F.C. Bland, C.H. Spurgeon, John Ritchie, Charles Hodge, James Morison, C.J. Ryle, Charles Woodsworth, todos ellos hablan de una voz sobre este asunto. *

Tendría que ser hombre audaz el que acuse a éstos, y a otros que se podrían nombrar, y sentencie que todos ellos estaban equivocados. Por qué se ha tolerado otra opinión en asambleas, es difícil entender.

* Posiblemente esta lista de nombres sea de poco interés al lector de habla española, pero en realidad incluye autores de muchos de los mejores escritos que han sido traducidos al castellano, además de hombres que han enriquecido indirectamente la herencia del pueblo del Señor en todos los países en los siglos XIX y XX. La mayoría eran de asambleas de las mismas convicciones que las del autor de este escrito y del traductor, pero la lista incluye también algunos de los grandes maestros de la escuela “exclusivista” y unos pocos como Spurgeon, Ryle y Morgan que no se congregaban entre asambleas pero escribieron obras muy estimadas en la Iglesia total. Parece que el autor del escrito se ha cuidado de seleccionar una muestra de entre todas las áreas de las Islas Británicas (incluyendo Irlanda), de Estados Unidos, Canadá, Nueva Zelanda y quizás otros países.

 

El gran pecado de la división

En el estado degenerado de la sociedad actual, pueden presentarse casos complejos que requerirían una sabiduría mayor que la de Salomón para decidirlos. Cuando éstos surgen, y los ancianos de la asamblea involucrada juzgan el caso en el temor de Dios y a la luz de su Palabra como ellos la entienden (porque es de esperar que solamente ellos tengan conocimiento de todos los hechos), las demás asambleas deben respetar su juicio.

Es nada menos que exclusivismo el hecho de excluir de la comunión mutua a una asamblea porque se estima errado su juicio. Esta conducta carece de apoyo en el Nuevo Testamento.

Ni la asamblea en Efeso, ni los creyentes en Macedonia, ni la iglesia en Jerusalén fueron llamados a intervenir en los problemas en Corinto. Es más: se daba por entendido que los cristianos empobrecidos en Jerusalén aceptarían la comunión que estaba por ser enviada por la asamblea en Corinto, sin pensar que habría primero algún arre-pentimiento de parte de esta; 1 Corintios 16. Los delegados macedonios acompañarían a Pablo en la entrega de su parte de la ofrenda, y ellos visitarían a Corinto en el camino, con todo y los temores de Pablo que ciertos males existían aún en aquella asamblea. (Véase 2 Corintios 9.4 y 12.20,21).

El gran mal del legalismo

Por cuanto es probable que el problema del divorcio se presente en alguna ocasión en la mayoría de las asambleas, es esencial que hombres responsables se orienten en la instrucción bíblica sobre la materia. De ninguna manera debemos permitir que la norma de moralidad sea rebajada, pero tampoco debemos negar la comunión de la asamblea a aquéllos a quienes corresponde ser recibidos.

“Sin bueyes el granero está vacío [limpio]; mas por la fuerza del buey hay abundancia de pan”, Proverbios 14.4. ¿No habrá el peligro de ocuparnos tanto de la limpieza de la asamblea, que dejemos de percatar el peligro que ella desaparezca por esterilidad y pobreza? Mal podemos esperar que Dios salve más almas en nuestro distrito y aumente nuestro número, si rechazamos aquellas que Él en su gracia ya nos ha dado.

Matrimonio y divorcio

W.R. Lewis, Bath, Inglaterra;
The Witness, septiembre 1955

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El verdadero matrimonio es instituido por Dios. Se llama el pacto de Dios en Proverbios 2.17 y Malaquías 2.14. En estos tiempos es necesario que sea registrado legalmente para ser visto como legítimo, pero originalmente no requirió ninguna ceremonia religiosa o civil para que fuese válido. El matrimonio se realiza cuando un varón y una mujer toman cada uno al otro para sí, como delante de Dios, voluntariamente, de por vida, y a la exclusión de los demás.

Este vínculo se presenta como aun más fuerte que la relación moral entre padres e hijos, tan es así su estima en las Sagradas Escrituras. No es simplemente una relación entre dos cuerpos en el sentido material de unir carne y sangre, sino la unión de dos seres que consisten cada uno en espíritu, alma y cuerpo. Estos dos llegan a constituir “una sola carne;” es decir, una personalidad o vida compleja. Ellos son, entonces, una ilustración del gran misterio de la unión espiritual entre Cristo y su Iglesia.

Considerando el amor constante de Cristo para su Iglesia y la provisión que hace para todas sus necesidades, vemos que cuando se ponen por obra los principios del verdadero matrimonio, hay la concordancia de criterios, el mutuo sentir, la unión de corazones amorosos, una comunidad de intereses y deseos y una perfecta armonía en tiempos de tristeza y gozo.

Es evidente que el concepto original e ideal del matrimonio es que sea monógamo. Es decir, la esposa debe ser la única y escogida de su marido, como la esposa de Cantares 6.9. Cada cónyuge debe renunciar a los demás y ser fiel a su esposo o esposa no más. La descripción de una esposa en Proverbios 12.4 es la de una mujer virtuosa que es la corona de su marido. Y, dice el 19.14 que “la casa y las riquezas son herencia de los padres, mas de Jehová la mujer prudente”. Se pregunta en el 31.10, “Mujer virtuosa, ¿quién la hallará?” y se agrega que su estima sobrepasa largamente a la de piedras preciosas. Las Escrituras presentan el pacto entre Jehová e Israel como un matrimonio. Todo esto muestra cuán estimada es la posición de la esposa.

Ningún pecado se desaprueba con más frecuencia y severidad que el de la infidelidad matrimonial, mientras que la relación única del amor conyugal se presenta como inapagable: “Fuerte es como la muerte el amor”, Cantares 8.6. Es el símbolo de la comunión en la cual Dios ha entrado con su pueblo: “Me he acordado de ti, de la fidelidad de tu juventud, del amor de tu desposorio, cuando andabas en pos de mí en el desierto”, Jeremías 2.2; “Te di juramento y entré en pacto contigo, dice Jehová el Señor, y fuiste mía”, Ezequiel 16.8.

Sigue vigente la declaración original: “Serán una sola carne”, Génesis 2.24. “… una sola carne, por lo tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”, Mateo 19.6. El propósito divino es que el lazo sea de por vida: “La mujer casada está ligada por ley mientras su marido vive”, 1 Corintios 7.39.

Cuando Dios constituyó el matrimonio, Él no hizo provisión para el divorcio. Cuando el Señor fue interrogado al respecto Él apeló de una vez a la intención de Dios al principio, y así debemos hacer nosotros. El propósito de Dios era que sólo la muerte pusiera fin a la unión matrimonial.

Pero, desde la Caída, Dios trata con los hombres como son, y hace su leyes sobre esta base.

Tomemos como ejemplo el caso de la esclavitud. No cabía en los propósitos divinos que el hombre tomara a su semejante como esclavo, pero Él tampoco derrumba la práctica, ni en el Antiguo Testamento ni en el Nuevo. Lo cierto es que sí mejora la situación del esclavo, especialmente en el Nuevo Testamento, por sus admoniciones a los amos. Dios ataca la esclavitud indirectamente de tal manera que quede manifiesta su desaprobación de la cosa entre el pueblo suyo, y condenada lentamente por la lumbre del Evangelio delante de los hombres en general.

Es parecido el caso de la poligamia. La ley de Moisés la toleraba pero no la sancionaba. Esa ley hacía provisión en lo posible contra los abusos que surgen del hecho de tener más de una esposa: “Si tomare para él otra mujer, no disminuirá su alimento, ni su vestido, ni el deber conyugal”, Exodo 21.10; “Si un hombre tuviere dos mujeres, la una amada y la otra aborrecida …”, Deuteronomio 21.15.

Dios toleraba esta práctica por un tiempo pero expresó su desagrado de una manera que Él ha descrito para nosotros en las Escrituras, dejando ver sus males sociales y domésticos. Sólo podía resultar en la degradación de las mujeres el hecho de que un varón asumiera nexos extramatrimoniales por vía de la poligamia y el concubinato.

Una de las cualidades exigidas del anciano en el Nuevo Testamento es que sea marido de una sola mujer, 1 Timoteo 3.12, Tito 1.6. El que había tomado más de una, antes de su conversión, sería descalificado como guía, ya que la norma para los líderes era alta; de esta manera, subiría también la norma para los demás.

La penalidad por falta de castidad antes de casarse, como para el adulterio también en el caso de la mujer, era originalmente la de morir apedreado. Estipula Levítico 20.14 que “el que tomare mujer y a la madre de ella, comete vileza; quemarán con fuego a él y a ellas …”, y Deuteronomio 22.20, “Si resultare ser verdad que no se halló virginidad en la joven, entonces la sacarán… y la apedrearán…”

Sin embargo, si el Señor se refería a semejante falta de castidad antes del matrimonio, como algunos piensan, cuando habló en Mateo 5.32 y 19.9 de la fornicación, Él reconoció que el repudio ya había tomado el lugar del apedreamiento. En Juan 8.3 Él tampoco insiste en la muerte en el caso del adulterio.

La carta de divorcio, un escrito público, fue instituida para ofensas menos graves en Deuteronomio 24.1 al 4 y fue empleada tanto para la infidelidad antes del matrimonio como para el adulterio: “… por haber fornicado la rebelde Israel, yo la había despedido y dado carta de repudio”, Jeremías 3.8; “Contended con vuestra madre … porque ella no es mi mujer, ni yo su marido”, Oseas 2.2. En algunos casos el repudio por falta de castidad prenupcial podía hacerse hasta en privado, cuando no se había realizado una ceremonia matrimonial, como en Mateo 1.19.

La falta de castidad prenupcial involucra impureza y quizás engaño en cuanto al marido en perspectiva, pero el adulterio es una violación del contrato conyugal y de los dos es el pecado más atroz. Sería arriesgado limitar la fuerza de la palabra fornicación en Mateo 5.32, 19.9 a la ofensa prenupcial cuando el Señor indudablemente la incluye en Ezequiel 16 y 23.

La incluye también en Hechos 15.20, “que se aparten … de fornicación;” 1 Corintios 10.8, “ni forniquemos, como algunos de ellos fornicaron;” y Números 25.1 al 9, “el pueblo empezó a fornicar con las hijas de Moab …” De la misma manera adulterio incluye la fornicación en Mateo 5.28, “ya adulteró con ella en su corazón;” Exodo 20.14, “no cometerás adulterio”.

A veces las dos palabras admiten distinción, pero otras veces son intercambiables. Ambas se emplean por igual en el sentido metafórico con referencia a la idolatría y sus pasiones y vicios conexos: véanse 1 Crónicas 5.25, Jeremías 3.6, Oseas 9.1 en el caso de fornicación y Oseas 2.2, Jeremías 13.27 en el caso de adulterio. Tanto el fornicario como el adúltero caen bajo juicio en Hebreos 13.4: “A los fornicarios y a los adúlteros juzgará Dios”.

El Evangelio según Mateo da un informe completo de las palabras de nuestro Señor acerca del divorcio, mientras que Marcos y Lucas dan relatos abreviados. Todos los Evangelios tienen la misma autoridad. La excepción en Mateo, “salvo por causa de fornicación”, limita la base del divorcio a una sola, y deja a salvo de la acusación del adulterio la persona que se ha casado de nuevo, como también a su cónyuge nuevo, cuando ha sido la parte inocente en el divorcio.

Podemos desaprobar la unión nueva o desalentar a la persona a que se case de nuevo, pero no sería correcto excluir de la comunión al cónyuge inocente que se casa de nuevo, no contando con mandamiento de las Escrituras.

Si la ley de Moisés permitió el divorcio por alguna inmundicia menor que el adulterio, y permitió el rematrimonio posterior, podemos comprender por qué no hay prohibición contra el rematrimonio de una parte inocente cuyo cónyuge ha sido divorciado por adulterio. Si bien no hay estímulo, tampoco hay prohibición en relación con tales casos.

La unión conyugal subsiste pública y legalmente hasta que sea disuelta por los tribunales competentes; pero, aun cuando quede el lazo legal, el ofensor voluntariamente se ha hecho una carne con una tercera persona, y por lo tanto en ningún sentido correcto sigue siendo uno con su cónyuge original: “¿No sabéis que el que se une con una ramera, es un cuerpo con ella? Porque dice: Los dos serán una sola carne”, 1 Corintios 6.16. El adulterio de por sí es una contradicción de la entrega de una parte a la otra en el pacto matrimonial.

Parece que la Ley judaica nunca contempló que una esposa se divorciara de su marido, pero ahora bajo el Nuevo Testamento la norma para ambos cónyuges es la misma; véase Marcos 10.11,12: “Si la mujer repudia a su marido …” La sujeción de la mujer no le quita la igualdad de posición moral. En el verdadero matrimonio las posesiones de una parte son las de la otra parte; ambas forman una personalidad completa. La satisfacción matrimonial de cada uno debe ser según los derechos de la otra parte; “La mujer no tiene potestad sobre su propio cuerpo … ni tampoco tiene el marido potestad …”, 1 Co-rintios 7.4.

Bajo la Ley, si un hombre repudiaba a su esposa por cualquier causa y ella se casaba con otro, el primer marido estaba prohibido a tomarla de nuevo, aun si el segundo marido hubiese muerto. Véase Deuteronomio 24.1 al 4. Jehová cita esta prohibición en Jeremías 3.1, pero encontramos que estaba dispuesto a recibir a Israel de nuevo, no obstante el hecho de que había “fornicado con muchos amigos” y Él la había apartado.

“Jehová Dios de Israel ha dicho que él aborrece el repudio”, Malaquías 2.16. Podemos aprender de esto que si bien la parte inocente puede repudiar a la parte culpable por el pecado del adulterio —del cual Israel fue culpable en sentido espiritual— la parte inocente debe estar dispuesta, en lo posible, a recibir el ofensor de nuevo si hay el arrepentimiento. Esto sería imposible en el caso que se casara de nuevo.

El principio de gracia se incluye en la cuestión de la separación de los esposos en
1 Corintios 7.16 en el caso cuando uno de ellos sea inconverso. (Parece que el divorcio no sea el tema de este pasaje). Si el inconverso se va, el creyente debe quedar sin casarse de nuevo, de manera que la puerta se quede abierta para una reconciliación en el caso de ser convertido el que se alejó. No es de suponerse que el creyente daría comienzo a la separación salvo que fuera obligado a hacerlo por el carácter vicioso del esposo y el peligro de que la esposa se encuentre indebidamente expuesta en mente y cuerpo a causa de la crueldad o mala conducta de su marido.

En un caso de esta índole, la esposa no está sujeta a servidumbre; o sea, no está obligada a quedarse con él cuando él, por su propia conducta, lo hace imposible; 1 Corintios 7.15. Sin embargo, los dos todavía se llaman esposos —el marido y la mujer en el 7.16— y la parte abandonada no debe casarse de nuevo mientras la parte ausente se quede casta; 7.11. En cambio, si el desertor entra en otra unión conyugal, entonces Mateo 5.32 se aplica.

En las leyes humanas de nuestra sociedad, la falta de castidad antes del matrimonio no da lugar a la disolución del matrimonio. En cambio, sí se permite el divorcio cuando una de las partes abandona a la otra. Sin embargo, el creyente no conoce otra norma sino la Palabra de Dios, la cual reconoce una sola base para el divorcio.

El Sermón del Monte expone las leyes del reino de los cielos y abarca los pensamientos y propósitos del corazón, además de la apariencia exterior. Es allí que figura la expresión, “a no ser por causa de la fornicación”, y aseguradamente estas leyes no son para judíos solamente.

Busquemos gracia para mantener el ideal divino en el matrimonio.

¿Es posible romper el lazo matrimonial?

Lloyd Cain, Halifax, Canadá; 1990
también Walter Gustafson

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El tema

Al estudiar lo que las Escrituras enseñan sobre la unión matrimonial, es esencial que nos acerquemos al tema con una mente dispuesta a aceptar lo que la Biblia nos dice, “escudriñando cada día las Escrituras para ver si estas cosas eran así”, Hechos 17.11. El propósito no debe ser el de probar que nuestros pensamientos son los correctos, ni de ganar un argumento con otro que tiene un criterio distinto. Ganar un argumento no quiere decir que uno tiene la razón; tal vez seamos más hábiles en presentar nuestros prejuicios, o demasiado obstinados como para escuchar las explicaciones en nuestra contra. Las Escrituras tienen que ser el árbitro de última instancia. El deber es de estudiar todos los pasajes relevantes con espíritu de oración.

Cualquiera que sea nuestra conclusión en este asunto difícil y controversial, habrá capacitados expositores de las Escrituras que van a estar de acuerdo con nosotros. Y, de la misma manera, habrá expositores igualmente calificados que van a estar en desacuerdo. Este hecho debe guardarnos de un dogmatismo injustificado y debe impedir que veamos la cuestión solamente desde una perspectiva emocional.

 

El matrimonio

Debemos ocuparnos en promover la permanencia de la unión conyugal. El pueblo de Dios no puede conducirse según las prácticas del mundo; “No vivan ya según los criterios del tiempo presente”, Romanos 12.2. Aseguradamente podemos actuar como adultos y resolver nuestros problemas matrimoniales en humilde dependencia en la gracia de Dios para atender a las dificultades interpersonales. Viene al caso 1 Juan 4.4: “Mayor es el que está en vosotros, que el que está en el mundo”.

¿No podemos valernos de esta fuente infalible de poder y así manifestar en el contexto conyugal el fruto del Espíritu del cual leemos en Gálatas 5.22? El amor de Dios ha sido derramado en nuestros corazones por el Espíritu Santo que nos fue dado, Romanos 5.5, y ¿cómo es posible que no despleguemos las características de ese amor que nos traza el capítulo del amor que es 1 Corintios 13?

Enseñamos estas relaciones interpersonales según las encontramos en Colosenses 3, “Casadas, estad sujetas … Maridos, amad …”, pero a veces no somos capaces de resolver un problema en nuestro propio hogar. La Biblia es por demás práctica; todo ministerio público y meditación privada debe impactar sobre la conducta del creyente, comenzando con uno mismo. Los ancianos y maestros en las cosas de Dios deben darnos ministerio con frecuencia sobre este aspecto importante de la vida cristiana.

 

El rompimiento

No cuestionamos, entonces, que la unión conyugal debe ser permanente. El propósito de Dios se expresa en Génesis 2.24: “Dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y serán una sola carne”.

Estamos todos de acuerdo en que la muerte deshace la unión. “Si el marido muere, ella queda libre de la ley del marido”, Romanos 7.2. “Si su marido muriere, libre es para casarse …”, 1 Corintios 7.39. En la primera cita el término es katargeo, “a volver inútil, abrogar”, etc. Se encuentra en Romanos 3.3 («¿Se ha hecho nula la fidelidad de Dios?») y varios otros pasajes.

Lo que queremos considerar es la posibilidad (indeseable que sea) de que se rompa la unión armoniosa y amorosa. El escritor intentará plantear varios interrogantes y buscar respuestas de la Palabra escrita, la autoridad definitiva. Él anima al lector a buscar las citas, estudiarlas objetivamente y cuestionar cada planteamiento presentado a continuación.

 

No lo separe el hombre

Comencemos en Génesis 2, donde está el patrón original. Al realizar Jehová Dios esta primera ceremonia nupcial, trayendo la mujer al hombre, dícese que él debe unirse (allegarse, adherirse) a ella. El Señor amplía el texto en Mateo 19.6: “Así no son ya más dos, sino una sola carne”. Por tanto, agrega, “lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”.

¿Qué quieren decir estas palabras del Señor Jesús? No vayamos a correr a una conclusión de que dicen que es imposible romper la unión, porque Él no dijo tal cosa.

Primeramente, el mandamiento es una prohibición. No debemos separar el nexo, porque Dios lo hizo. No es que no podemos, sino que no debemos. Si fuera imposible hacerlo, no tendríamos mandamiento a no hacerlo. Por ejemplo, leemos en Efesios 4.28: “El que hurtaba, no hurte más”. Es una prohibición para el cristiano; él no debe hurtar, pero nadie va a pensar que sería imposible que un creyente hiciese la tal cosa.

Como otras ilustraciones, ofrecemos Romanos 6.12, 14.3,13 y 1 Corintios 3.18 («Nadie se engañe a sí mismo”). No estamos diciendo que es poca cosa romper una unión matrimonial; estamos diciendo que es una posibilidad.

Segundo, notemos que “juntar” y “romper” son exactamente opuestos entre sí. Lo que “juntar” hace, “romper” deshace. Cuando dos se juntan, se hacen una sola carne. Cuando se separan, o son separados, ya no son una sola carne. ¿Es posible llegar a otra conclusión? Tenemos que reconocer dos realidades: (1) La unión puede ser disuelta. (2) El ser humano puede hacerlo.

La enseñanza de los Evangelios

Hay cuatro pasajes en los cuatro Evangelios que exigen nuestra atención: Mateo 5.31,32, 19.3 al 9, Marcos 10.2 al 12 y Lucas 16.18.

Los discursos en Mateo 19 y Marcos 10 responden las mismas preguntas formuladas por los fariseos y fueron pronunciados en la misma ocasión. Siendo así, ¿no sería razonable decir que las conclusiones que sacamos de Mateo 19 aplican también a Marcos 10?

Es cierto que en Marcos nada se dice de permitir el divorcio y rematrimonio; es sólo en Mateo 19.9 que leemos “salvo por causa de fornicación”. Pero si se trata de una misma exposición de parte de nuestro Señor, ¿no podemos entender que éste sea su parecer, aunque se citan sus palabras una sola vez? El que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con otra, adultera.

Es esencial que tratemos esta “cláusula de excepción” en Mateo.

En primer lugar, tengamos claro que “salvo por fornicación” tiene que ver tanto con repudiar la mujer con el hecho de casarse de nuevo. No es razonable decir que esta salvedad permite el divorcio pero no permite el rematrimonio. De ninguna manera se puede afirmar que ha adulterado (o fornicado) uno que se divorcia pero no se casa con otra persona.

Obviamente, el Señor está asumiendo el rematrimonio; de otra manera, Él no tenía por qué aclarar que hay una circunstancia cuando esta nueva unión no constituye el adulterio. Si se permite, o se tolera, que una persona se divorcie bajo esta provisión (el adulterio de su cónyuge), se permite igualmente que se case de nuevo. La segunda unión no es pecado, porque la primera quedó abolida por el pecado cometido por otro.

Pero, ¿a qué se refiere la expresión, “excepto por fornicación?”

Creo que el lector estará de acuerdo conmigo en que debemos contestar la pregunta con base en la terminología de las Escrituras, y no según las definiciones de un diccionario. Hasta donde yo sepa, los léxicos de la Biblia están de acuerdo en que pornia se traduce en sus varias formas como el acto de fornicación, ser ramera o cometer cualquier forma de impureza sexual, aunque en la Reina-Valera figura sólo como “fornicación”. Entiendo que el término abarca no sólo un acto sexual fuera del contexto conyugal, sino también diferentes formas de sodomía, bestialidad, etc.

Ahora, “adulterio” es una traducción de la palabra griega moichia y es evidente que tiene un sentido más restringido. Se refiere a una ilícita relación sexual de parte de una persona casada, por ser con una persona que no es su cónyuge.

Salvo que uno quiera interpretar la referencia a la mujer en Mateo 19.9 según lo que se ha llegado a llamar “el criterio del desposorio” (el cual explicaremos en la sección siguiente), se hace evidente que la unión conyugal queda rota por la fornicación. Esta puede incluir al homosexual, lesbiano y adúltero.

La parte agraviada (el esposo o la esposa que no cometió ese pecado) está en libertad de divorciar al ofensor. No estamos diciendo que debe hacerlo, sino que tiene la opción. Legítimamente divorciada, la vieja relación rota, la tal persona no está impedida a casarse de nuevo.

¿Por qué se emplea “fornicación” y “adulterio” en un mismo versículo si el término amplio (el primero) incluye al más restringido (el segundo)? Sugerimos que sea porque el divorcio y rematrimonio es permisible no sólo a causa del adulterio sino también en los casos adicionales que incluye la fornicación.

Conviene mencionar que parece que Dios pone su sello de aprobación sobre la celebración de una ceremonia de bodas. Siendo así, el rompimiento de la relación matrimonial requiere una declaración pública y legal. Un acto público precedió la unión carnal y legítimo, y una declaración pública debe seguir la terminación de la relación a causa de un acto carnal ilegítimo.

 

El criterio del desposorio

En Mateo 5.32 y Mateo 19.9 nuestro Señor dijo: “El que repudia a su mujer, a no ser por causa de …” Hay quienes interpretan esta mención de la mujer como si se tratara de la novia esposada pero no casada. Se llama a veces “el criterio del desposorio”.

Los hermanos en la fe que entienden los versículos de esta manera sostienen que la fornicación le da razón al novio a no casarse con su comprometida porque ella ha sido culpable de relaciones sexuales con un tercero. Ellos sostienen que el Señor no estaba hablando de una esposa en el sentido que usamos la palabra.

Se emplea Mateo 1.19 como ilustración. José quiso repudiar (apoluo) a María porque creía que ella era culpable de ese pecado. Otros pasajes usados para sostener este criterio son Deuteronomio 22.13 al 30 y 24.1 al 4.

Conviene señalar que aploluo figura varias veces como “repudiar” a una mujer, y también en Hebreos 13.23 («está en libertad nuestro hermano Timoteo»), Lucas 6.37 («perdonad, y seréis perdonados»), Mateo 27.15 («acostumbraba el gobernador soltar … un preso»), Mateo 14.15 («despide a la multitud») y muchas otras partes donde nada se trata acerca del lazo matrimonial. El sentido del término es simplemente el de dejar libre a otro.

 

Hay varios problemas con este “criterio del desposorio”.

Primeramente, hemos visto que la fornicación no se circunscribe a la infidelidad prenupcial. Segundo, Deuteronomio 22 no nos da base para esta interpretación, ya que en ese pasaje se apedreaba la culpable. No se la excluye de Israel sino que se le aplica la pena de muerte por su pecado prenupcial. Dicho sea de paso que en ese capítulo nada se dice sobre si la ofensa se realizó dentro del periodo del desposorio, si es que lo había.

Tercero, Deuteronomio 24 no satisface, porque el tema de los primeros versículos la “cosa indecente” no puede ser el adulterio o la fornicación, ya que el capítulo 22 establece que esos pecados han debido ser castigados con la muerte. El marido podía divorciarse de la mujer al encontrarla “envilecida”. Génesis 9.22, 49.9 versan también sobre esta “cosa indecente”, llamada “cosa inmunda” en Deuteronomio 23.14, y tampoco nos dan base para pensar que viene al caso.

No podemos estar seguros de qué se trata, pero sabemos que Moisés permitía que por esta vileza la mujer fuera despedida del hogar, debido a la dureza del corazón de ese pueblo. Una cosa que podemos aprender de 24.1 al 4 es que el divorcio rompía de un todo la relación. A la mujer no le era permitido volver, porque su primer marido ya no era su marido; el lazo no existía.

Ahora un cuarto problema. Es que en Mateo 5 y Mateo 19 el Señor no estaba hablando del desposorio. Hablaba del matrimonio. El tema es de los que han dejado padre y madre y se han hecho una sola carne; Él habla de los que Dios ya ha juntado, y no de los que se han comprometido casarse.

 

Enseñanza en 1 Corintios

Veamos más este asunto de una relación matrimonial rota por los humanos. Vamos a repetir que no estamos diciendo que es el plan divino que suceda esto, sino que es posible que la tal cosa suceda.

Queremos dirigir nuestra atención ahora a “servidumbre”, “ligar” y “soltar” en 1 Corintios 7.

En este capítulo el apóstol discute la relación conyugal. El matrimonio tiene varias razones de ser, y una de las que Pablo trata es la de evitar la fornicación. Por esto, dice, “cada uno tenga su propia mujer, y cada una tenga su propio marido”. O sea, el matrimonio se ve como una manera de evitar la inmundicia de una sociedad corrompida.

Esta consideración no justifica todo caso de divorcio y rematrimonio, pero a la vez hermanos responsables tienen la solemne responsabilidad ante Dios de asegurarse de que su oposición en algún caso específico no impida una segunda unión cuando las Escrituras la reconocerían como aceptable. Guardemos la Biblia abierta. Si el rematrimonio es permitido, no vayamos a dejar a un hermano o hermana expuesto a la posibilidad de una caída moral por haberle prohibido tener su propia pareja.

El autor trata en la primera parte del capítulo el caso del matrimonio entre dos creyentes. Su enseñanza es clara: no se separen; si una parte insiste en separarse, que la otra no se case con una tercera persona. 7.10,11

Luego él trata el caso de la persona que es salva siendo casada pero con un cónyuge que no lo es. Obsérvese que la situación cambia. Queda la prohibición de repudiar a la pareja incrédula si él o ella está dispuesta a continuar la relación. Sin embargo, al no estar dispuesto el cónyuge inconverso, hay dos normas importantes. (1) Nada se dice de no casarse de nuevo el creyente. (2) “No está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso”, 7.15.

¿A qué se refiere esta “servidumbre” (douleuo)? Se la emplea a menudo al referirse a un esclavo y la relación que tiene con su amo, ausente la libertad para voluntad propia. ¿Quiere decir, entonces, que se ha deshecho la unión conyugal, y que la persona abandonada de su cónyuge está en libertad (teóricamente al menos) de casarse de nuevo?

La respuesta está en la pregunta. ¿A qué más puede referirse el apóstol? Es evidente que él distingue entre el proceder de un creyente casado con otro creyente, y el proceder de un creyente casado con un incrédulo que rehúsa mantener su unión matrimonial. Tal vez haya manera de evitar esta conclusión, pero por mi parte no puedo llegar a otra. En todo, debemos tener cuidado de no razonar de una manera que evitemos lo que vaya en contra de nuestras ideas preestablecidas.

“No está … sujeto a servidumbre” en el 7.15 no puede referirse al solo hecho de no estar obligado a mantener el matrimonio. El escritor no está diciendo que uno debe prohibir que se vaya el que ya se fue. ¿Las Escrituras mandan hacer lo que ya se sabe imposible?

Pasemos ahora al 7.39: “La mujer casada está ligada por la ley mientras su marido vive”. Esta palabra “ligada” (deo) figura también en el 7.27 y Romanos 7.2. Su sentido es de someter a sujeción.

Hay en el mismo 7.27 luo, que es soltar a uno que se encuentra atado. “¿Estás ligado a mujer? No procures soltarte”.

Sólo podemos concluir que “ligar” y “soltar” se oponen de un todo entre sí. Lo que una palabra quiere decir, la otra quiere decir lo contrario. Luo, o “soltar” tiene que ser el divorcio además de la muerte, ¡salvo que uno crea que Pablo está diciendo que uno no debe procurar que su esposa muera!

Pero en el 7.27 se la emplea dos veces: “No procures soltarte”, y “¿Estás libre?” La segunda mitad del versículo trata claramente de uno ya divorciado. Es el caso de Mateo 5 y Mateo 19; la esposa del hermano es culpable de infidelidad sexual, ha roto la unión y se ha casado de nuevo. El hermano se ha “librado” de la relación original. Pablo aconseja que el agraviado no procure casarse. Sin embargo, agrega: “Si te casas, no pecas”, 7.28.

¿Qué es la enseñanza? Una persona librada de un compromiso matrimonial tiene el derecho de casarse de nuevo. La segunda relación no es adulterio, ya que el cristiano ha sido librado de la primera.

Pero alguien dirá que el “soltar” (luo) en 1 Corintios 7.27 no es el “queda libre” (katargeo) de Romanos 7.2. Es verdad, pero creo que el “soltar” es suficiente como para pararse por sí sola, y nadie puede negar que Pablo emplea la palabra en contraste con “ligado”. La entendemos como una libertad entera cuando encontramos la palabra en Lucas 3.16 (“desatar la correa”), Efesios 2.14 (“derrumbando la pared”) y tantos pasajes más.

El lector se habrá dado cuenta de que muchos manuscritos emplean este término griego en Apocalipsis 1.5: “Al que nos amó, y nos lavó (“soltó”) de nuestros pecados …” Si nos regocijamos en la libertad entera de nuestros pecados, ¿no podemos comprender una soltura parecida cuando se emplea el mismo término en relación con el matrimonio?

Ahora, ¿qué de deo en 1 Corintios 7.39? “La mujer casada está ligada por la ley mientras su marido vive …”

Personalmente, creo que la mujer cuyo marido es culpable de la infidelidad conyugal, tomando para sí otra compañera de vida, no es el marido de la esposa que traicionó. La que estaba ligada está libre; la que era casada ha sido suelta. No se puede decir esto de un caso de separación, donde el infiel no ha entrado en otra relación. En ese caso, la esposa no puede considerarse libre.

 

Enseñanza en Romanos

Es propicio considerar ahora el pasaje parecido en Romanos 7.2: “La mujer casada está sujeta por la ley al marido mientras éste vive”. ¿Por qué no hace mención Pablo de la cláusula en Mateo que establece una excepción? Hay dos razones.

Pablo no trata el divorcio en este capítulo. Su tema es el hecho de que el creyente está muerto a la Ley, y por esto cualquier referencia al rompimiento sería inapropiada.

Además, él emplea el cuadro del matrimonio para ilustrar la relación entre el cristiano y la Ley. Aseguradamente todos sabemos que cualquier ilustración, aun las parábolas, tiene sus limitaciones. En este cuadro, tiene que morir bien sea la Ley o el creyente; de otra manera el que cree va a estar perpetuamente bajo los mandamientos. Así, se explica, nosotros hemos muerto con Cristo y nuestra muerte rompe la relación que había, permitiendo una relación con otro, a saber, Cristo. Sería enteramente ina-propiado introducir en esta ilustración la posibilidad de una excepción.

 

Seis dificultades

Veamos unas preguntas que surgen en la mente de algunos creyentes concienzudos:

  1. ¿Por qué son tan enfáticas las palabras del Señor en los evangelios según Marcos y Lucas, si es que hay esta excepción? Y, ¿por qué son enfáticas las palabras de Pablo en Romanos 7.2 y 1 Corintios 7.39, donde habla como si sólo la muerte puede separar una pareja?

Hagámonos otra pregunta: En las Escrituras, ¿se presenta toda una doctrina en un solo pasaje, en un paquete compacto, o tenemos que leer varios pasajes para ver todo el cuadro doctrinal? Si reflexionamos sobre la manera en que la Biblia nos enseña sus varias verdades, no nos sorprenderá que algún pasaje trate sólo alguna parte de las cuestiones matrimoniales.

  1. ¿Dios reconoce al segundo matrimonio?

Sí, y Él desconoce al primero cuando ya no existe.

Pero, ¿cómo sabemos que reconoce el segundo? (a) En Deuteronomio 24.1 al 4 Él prohíbe que vuelva a su primer marido la mujer que se unió con un segundo. Si el divorcio no fuera reconocido, lo lógico sería que Él exigiera que ella vuelva al antiguo esposo. (b) “Has tenido cinco maridos [no cinco concubinos], y el que tienes no es tu marido [aunque algunos otros sí eran]”. Juan 5.18.

  1. ¿Tienen la razón los hermanos que hablan de un “adulterio perpetuo” y dicen que “viven en el pecado” algunos que son legalmente recasados?

Obviamente, éstas no son expresiones que encontramos en las Escrituras. Creemos que tampoco son acusaciones que las Escrituras apoyan. (Otra vez: ¡No estamos promocionando el divorcio! Estamos contestando una sola pregunta, cual es: ¿Es posible romper el lazo matrimonial?)

Si de veras estos recasados viven en el pecado, tememos por su bienestar eterno, porque los adúlteros no heredarán el reino de Dios. Tengamos miedo, hermanos, en limitar la gracia de Dios. Hay mucho que Él perdona, que no aprueba, o por lo menos no deseaba para los suyos.

  1. “¿El que se une con una ramera, es un cuerpo con ella?” 1 Corintios 6.16.

Como nos asusta tanto la decadencia moral que vemos en derredor, expresada parcialmente en un aumento en los casos de divorcio y rematrimonio, tal vez tememos empujar el péndulo más de lo que Dios permite.

El asunto es que debemos enseñar de 1 Corintios 6.15 al 20 que Dios ve una relación fuera del matrimonio de la misma manera que una relación en el matrimonio. Los casados deben entender que al sucumbir a la sensualidad, cometiendo adulterio, ellos no sólo se separan de la asamblea local sino también corren el peligro de separarse de su unión matrimonial y por ende de su familia.

Lo que hemos venido exponiendo no condona el libertinaje sexual, sino aporta a la separación de este mundo inmoral. Una relación sexual ilícita constituye una unión, como el matrimonio también constituye una unión. El apóstol escribe en lenguaje muy solemne: El que se une con una ramera, es un cuerpo con ella. Parece que el término “un cuerpo” da a entender que la relación es sólo física, mientras que “una carne” daría a entender una relación lícita en los ojos de Dios.

  1. ¿Se trata de una doctrina nueva?

No, claramente no. Hay quienes tienen la idea que es sólo últimamente que se dice que la muerte no es el único acontecimiento que rompe el lazo matrimonial. Las tales personas muestran desconocimiento de las convicciones de los destacados maestros entre el pueblo de Dios de generaciones pasadas y corrientes.

  1. ¿Qué del “matrimonio” de Dios a Israel?

No hemos hablado de la figura en el Antiguo Testamento de Israel como la esposa de Jehová. Las razones son varias.

Primeramente, el matrimonio es sólo una ilustración de la relación entre Dios y su pueblo terrenal, y toda ilustración tiene sus limitaciones, careciendo de autoridad como para establecer doctrina.

Segundo, esta figura no tendría que ver con el divorcio y rematrimonio. ¿No vemos, por ejemplo, que en la genealogía del Señor figuran tres mujeres que no tenían derecho de estar en la lista? (Rahab, Rut y la mujer de Urías) ¿No puede Él tratar con Israel como le plazca, aun por encima y más allá de lo que está escrito?

 

¿A dónde vamos?

Hemos intentado ver qué enseñan las Escrituras. Hemos intentado formular preguntas, para que cada uno estudie el asunto por sí. No es hora de estar ganando disputas, ni de meter la cabeza en la arena en la esperanza que el problema desaparezca. Tampoco es cuestión de citar a éste o el otro cuando debemos ser capaces de sacar conclusiones de nuestra propia Biblia.

¿Tan sólo la muerte puede terminar un matrimonio? ¿Puede el hombre “separar?” ¿Debemos tratar cada caso por separado, o hablar de “una política universal?” Aun cuando hay situaciones que no nos gustan, ¿qué de la incorporación de uno, o de una pareja, en la asamblea local? Siendo tan debatido todo esto, ¿podemos respetar la verdad bíblica de la autonomía de cada asamblea?

¡Que seamos como los de Berea, buscando cada día a ver si estas cosas son así!

 

Divorcio

J.W. McMillan; India / Australia.
Este es un capítulo del librito The Family Life of the Believer,
publicado en la India en 1962

Es el propósito de Dios que el matrimonio sea una unión permanente. El mismo Señor Jesucristo dijo del marido y su mujer: “No son ya más dos, sino una sola carne; por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”, Mateo 19.6. Esta unión se deshace por la muerte: “Si el marido muere, ella queda libre de la ley del marido”, Romanos 7.2. Dios aborrece el repudio, Malaquías 2.16, y el creyente debe “guardarse en su espíritu” de manera que no surja nunca una situación que daría lugar a pensamientos del divorcio.

Ha habido muchas discrepancias de criterio entre los estudiosos de la Biblia sobre este asunto tan importante. [Mayormente,] estas diferencias giran en torno del sentido preciso del vocablo griego traducido fornicación en las palabras del Señor Jesús en Mateo 5.31,32 y 19.9.

Algunos la entienden en un sentido restringido, y enseñan que el Señor decía que un varón estaba en libertad de dar por terminado su desposorio, o sea, no realizar el matrimonio, si llegó a saber después del compromiso que la muchacha no era virgen. Ellos citan Mateo 1.19 como ejemplo. Ellos no permitirían el divorcio ni el rematrimonio en ninguna circunstancia.

Pero la palabra fornicación tiene también un sentido más amplio, como se ve en 1 Corintios 5.1. Incluye todo tipo de pecado sexual, y creo que algunos traductores de la Biblia hacen bien al traducirla como falta de castidad.

Veamos el tema bajo tres encabezamientos.

(1) El matrimonio realizado cuando ambos eran inconversos. Posteriormente, una de las dos partes llega a ser cristiano. ¿Qué debe hacer él o ella?

La Biblia enseña claramente que el hermano o la hermana no debe hacer nada deliberadamente para romper la unión. Mientras la persona inconversa esté dispuesta a vivir con el creyente, éste debe quedarse con su cónyuge; 1 Corintios 7.12 al 17. En estos casos el gran objetivo de la vida del cristiano debe ser el de ganar a su esposo / esposa para el Señor; 7.16, 1 Pedro 3.1.

Pero en algunos casos la persona inconversa no está dispuesta a vivir con su cónyuge cristiano. Le abandona y se divorcia de él o ella por haberse convertido a Cristo. En estas circunstancias la enseñanza bíblica es que “no está sujeto el hermano o hermana a servidumbre en semejante caso, sino a paz nos llamó Dios”, 1 Corintios 7.15.

Estas palabras han dado lugar a no poca controversia. ¿De qué servidumbre se habla? Creo que se trata del lazo matrimonial; es la “servidumbre” de preservar el hogar y la obligación al cónyuge.

¿Qué debe hacer un creyente cuando esto sucede? En el 7.11 Pablo escribió que si la mujer se separa, “quédese sin casar, o reconcíliese con su marido”. Esto parece ser buen consejo también en el caso que estamos considerando. Por lo general el motivo del inconverso al abandonar al cristiano y divorciarse es el de estar libre para casarse con otra persona más congenial.

Una vez que el antiguo cónyuge vuelva a casarse, indiscutiblemente el creyente está libre a casarse de nuevo. [Sin embargo, no siempre conviene que lo haga, especialmente cuando tiene hijos grandes a su cargo].

Vinculada a esta situación es aquélla en la cual un hombre tiene más de una esposa, y él y/o una de ellas recibe a Cristo para la salvación. Esto sucede en sociedades donde la poligamia es una institución reconocida. Es una situación delicada y deprimente, y es una que está claramente en contraposición al ideal divino del matrimonio.

En 1 Corintios 7.17 encontramos enunciado el principio que “como Dios llamó a cada uno, así haga”. El 7.27 deja en claro que este principio se refiere al yugo matrimonial: “¿Estás ligado a mujer? No procures soltarte …” Algunos han insistido en que aquel hombre despache a todas menos su primera mujer, pero esto parece ser muy perjudicial para las demás esposas y sus hijos. Es evidente por 1 Timoteo 3.2,12 que el tal hombre no es apto para ser anciano ni diácono en la asamblea.

(2) El matrimonio realizado entre creyente y no creyente. Este es un caso donde es mejor evitar que curar. Sucede solamente si el creyente es muy ignorante de lo que Dios ha mandado, o es muy desobediente a él. El mismo principio prevalece. El creyente debe procurar ganar a su esposo / esposa para el Señor.

(3) El matrimonio realizado entre dos verdaderos creyentes. Semejante matrimonio nunca debe terminar en divorcio. Aquí también, mejor es procurar evitar los problemas que remediarlos. La única base para divorcio en estos casos es la falta de castidad; Mateo 19.9. Cuando esto ocurre, se verá en muchos casos que parte de la causa fundamental es que la otra parte —el cónyuge que es creyente— no ha cumplido en sus obligaciones.

Aun si este pecado ha tenido lugar, la parte inocente puede perdonar y recibir de buena voluntad a su esposo / esposa errante. “¿Cuántas veces perdonaré? … No te digo hasta siete, sino aun hasta setenta veces siete”, Mateo 18.21,22. En relación con esto, uno debe leer el relato conmovedor del profeta Oseas.

Pero si la parte ofensora no muestra evidencia de arrepentimiento, y obviamente desea que el lazo sea roto, entonces no parece haber razón bíblica para no hacerlo. El yugo de la “una sola carne” ha sido deshecho por el adulterio.

En conclusión, hagamos hincapié en lo dicho al comienzo. Dios repudia el divorcio. Él juzgará a los fornicarios y adúlteros; Hebreos 13.4. El divorcio debería ser desconocido entre los creyentes porque jamás debe haber incontinencia. Mucho mejor es evitar que curar.

Una historia del matrimonio, divorcio y rematrimonio

James Gunn; Canadá

A Biblical History of Marriage, Divorce and Remarriage,
publicado por Publicaciones Cotidianas

Ver

En algunas ceremonias relacionadas con bodas se oye decir que “el matrimonio es un estado honroso, instituido por Dios, sancionado y honrado por la presencia del Señor Jesucristo en la fiesta matrimonial en Caná de Galilea, y expuesto en las Sagradas Escrituras como símbolo de la unión entre Cristo y si Iglesia”.

De las declaraciones formuladas acerca de esta unión en Efesios 5.22,23 y las citas del Génesis 2.21 al 24, se debe entender que solamente una unión monógama [un hombre y una mujer] según el patrón de la unión entre Adán y Eva constituye un símbolo de la unión entre Cristo y su Iglesia.

Fue el propósito original de Dios que el hombre tuviera una sola esposa viva y que la mujer un solo marido. Desde el principio ésta fue la intención divina y lo es todavía, no obstante la mucha desviación humana.

En algunos países las autoridades gubernamentales conceden a los pastores o ancianos de las iglesias el permiso para realizar la ceremonia del matrimonio en sí. Esta licencia quita de la tal persona cualquier obligación civil pero de ninguna manera le libera de sus deberes espirituales. Es su deber aconsejar, amonestar y responsabilizar a aquellos que le piden unirlos en santo matrimonio. Estas funciones espirituales, lamentablemente, han llegado a ser más pesadas y más necesarias como consecuencia del deterioro en las normas morales de nuestra sociedad.

Es un criterio común que la Palabra de Dios enseña que “la parte inocente” en un divorcio queda libre del yugo matrimonial cuando éste haya sido declarado deshecho a causa del adulterio. No obstante, hay quienes plantean preguntas de peso con respecto al rematrimonio de las tales personas, cualquiera que haya sido la conducta moral de la otra parte en la primera unión.

En esto tiempos de una “evolución moral” nuestra sociedad seglar se ha vuelto más y más permisiva. Se ha llegado a aceptar otras “delincuencias morales” como equivalentes a, si no más que, el adulterio. La cristiandad, en su lucha por impedir el derrum-bamiento final y pleno del matrimonio legal, ha rechazado las normas tradicionales y ha excluido los valores absolutos, elevados y santos de la Palabra de Dios.

Es la naturaleza perfecta y la voluntad santa de Dios que constituyen la norma y el deber del hombre. Las normas morales del universo están en el carácter y voluntad del Dios que hace y preserva todas las cosas.

Pero hay diversidad de opinión y hay contención como consecuencia de principios opuestos sobre el matrimonio, divorcio y rematrimonio. Es necesario que el cristiano esté enteramente al tanto de las referencias en las Sagradas Escrituras sobre estos temas.

A continuación intentamos reconocer la secuencia obvia en el Antiguo Testamento y repasar las referencias del Señor Jesucristo en el Nuevo Testamento; y, por ciertas inferencias, a seguir el desarrollo de la historia del matrimonio en ambos Testamentos.

 

El contrato matrimonial del Edén; lo ideal

Las referencias bíblicas son:

  • Génesis 2.21 al 25
  • Mateo 19.3 al 6
  • 1Corintios 6.16
  • Efesios 5.31 al 33

El don divino para Adán y Eva revela que el matrimonio monógamo es la base que Dios propuso para la relación entre hombre y mujer en la sociedad humana. El Señor Jesucristo hizo referencia a esto como la unión ideal: “Lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”.

En sus afirmaciones en Mateo 19.5, el Señor Jesús añade de una manera significativa a las palabras originales del Génesis 2.24. Él agrega, “por esto”. Esta añadidura, se observará, da a entender un matrimonio monógamo, o sea, entre uno de cada sexo. Por cuanto un joven ha contraído un matrimonio de esta índole, él deja el hogar en el cual nació y se crió, y él y su esposa establecen un hogar propio. Como se ha observado ya, esto fue el propósito divino desde el principio.

Las palabras de nuestro Señor establecen tres puntos sobresalientes:

  • El patrón del matrimonio” “por esto”, o sea, por esta razón o por este motivo. La razón es por el matrimonio monógamo de Adán y Eva.
  • La permanencia del matrimonio: La palabra dejará quiere decir abandonar por completo. Las palabras se unirá quieren decir adherirse a. No hay la idea de unión sexual en estas palabras. El amor, como el amor con que Cristo ama a la Iglesia, es el pegamento divino que debe unir al esposo y la esposa; Efesios 5.33.
  • El propósito del matrimonio: “los dos serán una sola carne”. El hombre y la mujer llegan a constituir una sola unidad biológica, y esta unión física es una ilustración de su unidad mental, emocional y espiritual.

 

El contrato matrimonial del Sinaí; adulterio y pena de muerte

Las referencias bíblicas son:

  • Deuteronomio 22.13 al 30
  • Levítico 18.6 al 30, 19.19 al 22, 20.10 al 21
  • Exodo 22.16 al 19

El progreso de la revelación divina depende de la cronología de la Biblia; o sea, la secuencia en que los acontecimientos tuvieron lugar y el orden en que las Escrituras fueron dadas.

Por consiguiente, las leyes morales dadas en el Sinaí son muy importantes. Ellas fueron dadas a los hebreos en tablas de piedra, pero están escritas en los corazones de todos los pueblos de toda nación, Romanos 2.14,15. Esta es la ley que Dios dio por medio de Moisés para castigar y disuadir del pecado entre el pueblo escogido de Dios. Esta abarca un área extensa. En el Deuteronomio la aplicación de esta ley se afirma por varios reglamentos:

  1. El caso del escándalo moral, 22.13 al 19. La persona culpable del chisme indecente fue castigada apropiadamente, pero el escándalo no disolvía el yugo matrimonial. No se permitía el divorcio.
  2. El caso de la fornicación en 22.20,21. Al no saber quién era el varón culpable, la joven comprometida con otro fue puesta a muerte al ser probada su culpabilidad.
  3. El caso del adúltero entre cónyuges de otros, 22.22. La Ley sostenía que ambas partes, al ser probada su culpabilidad, deben morir; la muerte disolvía la unión matrimonial. Fue a esta ley que los fariseos aludieron en Juan 8.1 al 11. Fue hipocresía de parte suya, ya que esta ordenanza se había considerado inválida entre los judíos durante siglos.
  4. El caso del pecado por común acuerdo entre adultos durante su desposorio, 22.23,24. Semejante acto inmoral antes de realizarse el matrimonio también tenía por resultado la muerte. O sea, el desposorio quedaba disuelto por la muerte. Esta ley aplicaba al supuesto caso de María; no obstante, José, en amor por ella, iba a invocar sólo la ley enmendada de Deuteronomio 24.1 al 4. Él fue disuadido aun de esto por el mensaje del ángel, Mateo 1.18 al 21.
  5. El caso de la violencia sexual durante el desposorio; 22.25 al 27. Aquí la parte culpable tenía que morir pero la parte inocente quedaba libre de todo castigo.
  6. El caso de la fornicación en su sentido técnico: 22.28,29. El tal pecado dio por resultado la obligación de realizar el matrimonio y esta unión no podía ser disuelta por el divorcio.

Hay otras desviaciones sexuales que el Señor denunció y condenó. La homosexualidad y los actos carnales con animales fueron castigados bajo la Ley por pena de muerte: “Cualquiera que hiciere alguna de todas estas abominaciones, las personas que las hicieren serán cortadas de entre su pueblo”, Levítico 18.29. Estos pecados nefandos eran juzgados de exactamente la misma manera que lo era el adulterio.

Por otro lado, parece solamente ser lo correcto dar por sentado que el Señor, por vía de la enmienda mosaica, toleraba la condonación de la parte inocente por medio del divorcio. Debe ser entendido también que todas estas perversidades ese incluyen en el uso genérico del vocablo fornicación en 1 Corintios 5.1.

 

La enmienda judaica a la ley de Sinaí

Las referencias bíblicas son:

  • Deuteronomio 24.1 al 4
  • Mateo 19.3 al 9
  • Marcos 10.2 al 12

Las palabras del Señor Jesucristo dan a entender que se trata de una modificación de la ley original. Alfred Edersheim, en su tomo Jesus the Messiah, afirma esto de una manera clara y concisa: “El que al principio los había hecho varón y hembra los había unido en la relación matrimonial, a expensas de todos los demás y aun de sus parientes más cercanos; esta unión representaba una unidad, «una carne.»  Así fue que Dios ordenó. Por consiguiente eran uno, y lo que Dios disponía el hombre no ha debido partir. Luego vino la objeción natural de los rabinos que por qué Moisés había dado el mandamiento de una carta de repudio. Nuestro Señor contestó con señalar que Moisés no había exigido el divorcio sino que tan sólo lo toleraba a causa de la dureza de corazón, y en tales casos mandó a dar una carta de repudio para la protección de la esposa. Y este argumento apelaría enfáticamente a ellos, por cuanto estos mismos rabinos enseñaban que una excepción algo parecida había sido hecho por Moisés con respecto a las hembras tomadas cautivas en la guerra; como dice el Talmud, era «a causa del impulso malo.»”

Se discierne que las leyes expuestas en Deuteronomio 22.13 al 30 son repeticiones de las restricciones impuestas por Dios a través de Moisés en el Sinaí. Fueron dadas y registradas por vez primera en Exodo 22.16,17 y Levítico 20.10 al 21. La enmienda comunicada en Deuteronomio capítulo 24 fue dada a causa de la dureza del corazón del pueblo, Mateo 19.8.

Por consiguiente, el tema del divorcio no se menciona en las Escrituras hasta que Moisés resume la experiencia de Israel en el desierto. Se piensa que el permiso a conceder el divorcio no fue dado hasta el final de los cuarenta años que Moisés sirvió a la nación. “Al principio no fue así”, Marcos 10.5 al 9, Mateo 19.8.

En esta enmienda se nos presentan las ideas del matrimonio, el divorcio y el rematrimonio. Fue a esta ley que el Señor se remitió en Mateo 5.31 y a la cual los fariseos se refirieron también, Marcos 10.2 al 4.

Existían contrastes sobresalientes entre las causas del divorcio bajo la ley judaica ya modificada. Había la sola causa estipulada por el Señor cuando, como Moisés, quien por tolerancia permitió una aplicación de la enmienda de los judíos. Había también el argumento de los fariseos que una esposa podría ser repudiada por “cualquier causa”, Mateo 19.3. El Señor insistió en una causa, la del adulterio.

En Mateo 19.19 el Señor emplea las dos palabras que describen el pecado sexual, adulterio y fornicación, y es evidente que las emplea como sinónimas.

Las palabras cualquier causa como las usaron los fariseos equivalen a las palabras cosa indecente en Deuteronomio 24.1. En nuestros tiempos se concede un divorcio de este tipo a causa del abandono, demencia, enfermedad crónica, incompatibilidad, etc.

La declaración tajante de nuestro Señor en Lucas 16.18 puede ser entendida sólo en relación con la preferencia de los judíos en los días de Cristo por el divorcio por “cualquier causa”. El texto podría leerse así como paráfrasis: “Todo el que repudia a su mujer según la costumbre que prevalece hoy día de invocar cualquier causa, y se casa con otra, adultera”. Visto así, el pronunciamiento concuerda con las palabras registradas en Mateo 19.9.

Esta ley enmendada permitía el rematrimonio; Deuteronomio 24.2. El Señor rechazó el reglamento de que una parte podía divorciarse por “cualquier causa” y Él especificó la causa única que disuelve el yugo matrimonial. Pero, no abroga la sección de la Ley que permitía el rematrimonio.

Unos cincuenta años antes de Cristo había dos rabinos renombrados, Hillel y Shammai, quienes encabezaban sus respectivos círculos de pensamiento. Se llegó a referirse a la disputa Hillel / Shammai, ya que ellos tenían controversia sobre el derecho del divorcio y el rematrimonio. Hillel defendía la base de “cualquier causa”. Ambos se apoyaban en lo que parece ser la enmienda a la ley original del Sinaí. Parece que el Señor asumió la misma posición que Shammai, una posición conservadora, pero la historia judaica revela que la regla de “cualquier causa” prevaleció sobre la de la causa única. El Señor Jesús no gozaría de popularidad al declarar la posición asumida por Shammai y rechazar la de Hillel.

Tanto Josefo como Edersheim [dos autoridades en materia de las costumbres e historia de los judíos, una de la antigüedad y otra de tiempos modernos] nos dicen que el divorcio por “cualquier causa” era común aun antes del nacimiento de Cristo.

 

El matrimonio apostólico; matrimonio y divorcio

Las referencias bíblicas son:

  • Romanos 7.1 al 3
  • 1Corintios 6.16, 7.10 al 16
  • Hebreos 13.4

Parece muy incorrecto emplear Romanos 7.1 al 3 en una consideración del divorcio. En aquel pasaje de las Escrituras el apóstol emplea de una manera ilustrativa los principios originales del matrimonio ideal. Él no está afirmando ningún punto técnico con respecto al matrimonio, salvo su disolución por la muerte.

Es inválido el argumento que la declaración del apóstol en 1 Corintios 7.12 al 14 es adicional a la afirmación del Señor en Mateo 19.6. Es inválido primeramente por la cronología de la Epístola y la de los Evangelios, y segundo por las propias palabras de Pablo: “Yo digo, no el Señor …” Pablo había recibido de Dios varias visiones y revelaciones personales con respecto a las verdades divinas; por ejemplo, el evangelio, Gálatas 1.10 al 18; el misterio de la Iglesia, Efesios 3.3; la cena del Señor, 1 Corintios 11; etc. En cambio, él no había recibido revelación alguna del Señor sobre el tema del divorcio.

  • Hay palabras de consejo para personas en diferentes condiciones de vida en 1 Co-rintios 7: Para la señorita y la viuda hay consejo en 7.8,9.
  • A los creyentes casados, el apóstol habla muy sabiamente en el 7.10.
  • A los cristianos casados con personas no creyentes, él escribe son simpatía pero firmeza, 7.12 al 16.

Es evidente que los matrimonios mixtos que el apóstol tenía en mente eran el resultado de que uno de los dos era salvo por medio del evangelio y el otro todavía no. A veces esto da lugar a problemas.

Si el no creyente quiere disolver la unión matrimonial, Pablo avisa que la tal persona debe ser permitida hacerlo, pero el cristiano no debe dar comienzo a un proceso de divorcio sino hacer todo lo posible para lograr una reconciliación. No obstante, si el inconverso insiste, Pablo aconseja que se le deje ir. En estas circunstancias, son aplicables las palabras del apóstol Pedro: “Asimismo vosotras, mujeres, estad sujetas a vuestros maridos; para que también los que no creen a la palabra, sean ganados sin palabra por la conducta de sus esposas …”

La segunda parte de 1 Corintios 7.15 ha causada algunas diferencias de opinión. Dice que “no está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso …” Algunos entienden por estas palabras que el abandono rompe el juramento matrimonial y así el cristiano queda libre de su antiguo cónyuge. Otros estudiosos de la Biblia no aceptan esta interpretación; algunos opinan que las palabras de Pablo constituyen en efecto un complemento a las de nuestro Señor. Uno se ve obligado a estar de acuerdo con su conclusión.

En primer lugar, el Espíritu de Dios no dice a qué el creyente estaba sujeto ni de qué puede quedarse libre. Segundo, la cláusula siguiente reza, “a paz nos llamó Dios”. La paz, por lo tanto, está en contraposición a lo del cual el creyente queda librado. ¿No podría ser esto una vida de querellas y desacuerdos con un cónyuge inconverso o insatisfecho? Pablo está diciendo que ningún creyente está obligado a vivir así; Dios ha llamado el creyente a una vida de paz. Si la paz se asegura por la separación, entonces la separación es preferible.

El apóstol parece ser el mejor ejemplo de su propia enseñanza. Algunos eruditos creen que al hablar de nos —»a la paz nos llamó Dios»— él se proyecta a sí mismo al cuadro.

Parece claro en Hechos 26.10 que Pablo había sido miembro del Sanedrín. Para pertenecer a este augusto consejo, que entre los judíos tenía la autoridad única de juzgar a los acusados, uno tenía que ser hombre casado con familia. La política era: “No pueden ser elegidos aquellos candidatos que carecen de hijos, ya que ellos no podrían simpatizar con cuestiones domésticas”, Mishna Horajoth 1:4, Sanedrín 36B.

En sus comentarios sobre Hechos 26.10,11, el decano Alfred dice: “Mal se puede tomar en sentido figurativo su declaración ‘Yo di mi voto’, como procuran hacer muchos comentaristas en su intento de escapar de que el joven Saulo haya sido miembro del Sanedrín. El comentario exige ser leído más bien como testimonio a este mismo hecho, aun cuando parezca extraño. Difícilmente tenía menos de treinta años cuando fue enviado a Damasco en viaje de persecución”.

A.T. Robertson dice en su Pictures in the New Testament: “En cuanto a Yo di mi voto, es: Eché mi piedrita: una negra”. Los griegos antiguos usaban una piedra blanca para absolución, como en Apocalipsis 2.17, y una piedra negra para condenar, como aquí. Son las únicas menciones de esto en el Nuevo Testamento. Si tomamos literalmente el lenguaje de Pablo aquí, él era un miembro del Sanedrín y por lo tanto un hombre casado en la época cuando encabezaba la persecución”.

Es posible que haya llegado un momento, temprano en su carrera cristiana, cuando tuvo que “dejar ir” una esposa judía e inconversa. Posiblemente fue expulsado de su familia; él no hace referencia a sus padres ni a una familia suya propia, sino que habla sólo de un sobrino en Hechos 23.16 y de parientes lejanos en Romanos 16.7.

La humanidad siendo como es, el inconverso que deja a su cónyuge creyente —si lo hace a causa de las convicciones espirituales de la otra parte— lo haría probablemente con la idea de casarse con otra persona. Es una práctica común en estos tiempos. En una situación de esta índole, el estado del cónyuge cristiano, inocente pero abandonado, se determinaría con cierta prontitud por la causa única para el divorcio: a saber, bajo la excepción enunciada por el Señor Jesús. O sea, el adulterio de parte del cónyuge que se fue disolvería el antiguo matrimonio.

No obstante, todo creyente que se encuentra en esta situación debe tener en mente las posibles compensaciones por sufrir bajo un yugo desigual: “¿Qué sabes tú, oh mujer, si quizá harás salvo a tu marido? ¿O qué sabes tú, oh marido, si quizá harás salva a tu mujer?” El amor, la tolerancia, la paciencia y el esperar en Dios son muy preferibles a cualquier forma de separación.

 

El Señor sobre el matrimonio, infidelidad y rematrimonio

Las referencias bíblicas son:

  • Mateo 5.31,32, 19.3 al 12
  • Marcos 10.1 al 12
  • Lucas 16.18

Hay que llevar en mente que se escribieron los Evangelios unos años después de que la Iglesia había recibido la mayoría de las Epístolas. Cronológicamente, lo que se da en los Evangelios como los dichos de nuestro Señor sobre la materia del divorcio constituye las últimas declaraciones inspiradas. Los apóstoles habían oído lo que el Señor había dicho durante su vida aquí, y ellos estaban en condiciones de comunicar sus palabras a los demás. La Iglesia no contaba con estos pronunciamientos escritos de una manera inequívoca y permanente por inspiración hasta que se distribuyeron los Evangelios entre las congregaciones.

El señor Harold St John dice en su Analysis of the Gospel of Mark: “Los adscritos a la sociedad nueva —la Iglesia cristiana— exigían un fundamento histórico para su fe. Ellos no estaban satisfechos con sólo apoyarse en las enseñanzas orales de los maestros itinerantes; algunos de éstos eran hombres fieles pero otros no, como sabemos por
2 Juan 7 al 11”.

Se reconoce generalmente que los cuatro Evangelios no fueron escritos hasta casi el año 63 y no fueron terminados hasta después del año 90. La primera carta de Pablo a los corintios se escribió en el 57 aproximadamente, y todas sus epístolas estaban en circulación antes de su muerte bajo Nerón en el 68.

El doctor Campbell afirma en su libro The Gospel according to Mark: “Marcos es el evangelio más corto y hay toda probabilidad de que haya sido el primero de ser escrito, probablemente antes de la muerte de Pablo y Pedro, pero las investigaciones más recientes fijan una fecha más temprana, como antes del año 63. El testimonio de los estudiosos de los escritos de los padres de la Iglesia está de acuerdo en que el Evangelio según Marcos fue influenciado por Pedro, o aun más: que es el registro de los hechos tocantes a Jesús como fueron narrados por Pedro en su ministerio, y recopilados por Marcos …”

Hay algunos detalles en el Evangelio según Mateo que no se encuentran en Marcos y Lucas. Parece que estos dos han dado una relación general del diálogo entre el Señor y los fariseos; Mateo, en cambio, se dirige más específicamente a sus compatriotas judíos, y él completa algunos detalles relevantes a sus leyes.

Si creemos que la revelación divina fue supervisada cronológicamente por Dios y que la doctrina es, por consiguiente, progresiva, las palabras de nuestro Señor sobre este y otros temas son muy importantes. Además, nuestra deducción pone un gran énfasis en la santidad del matrimonio, la familia, el divorcio y el rematrimonio.

Juntando estas muchas referencias, llegamos a las conclusiones siguientes:

  • El matrimonio es honroso. 1 Corintios 7.36 al 38, Hebreos 13.4. Esto se entiende en todo lo que el Señor dijo.
  • El Señor toleraba la idea de que bajo la enmienda mosaica el adulterio disolvía el lazo matrimonial. Mateo 5.32.
  • El divorcio era permitido donde la inmoralidad había disuelto el contrato matrimonial. Mateo 5.31,32.
  • El Señor rechazó firmemente el concepto de “cualquier causa” para el divorcio. Deuteronomio 24.1 al 6, Mateo 19.3 al 9. Hoy día esta razón de “cualquier causa” incluiría motivos tales como la demencia, crueldad, incompatibilidad y abandono.
  • El rematrimonio de la parte inocente está entendido en las palabras del Señor. Si se invierten sus palabras en Mateo 19.9 la declaración sería: “Cualquiera que repudia a su mujer por causa de fornicación, y se casa con otra, no adultera”.

 

El matrimonio cristiano

Cuando un hombre y una mujer han convenido mutuamente en el santo matrimonio, y lo han declarado delante de Dios y en la presencia de testigos idóneos, en el temor de Dios, el funcionario correspondiente les pronuncia marido y esposa. Lo que Dios ha unido, no lo separe nadie.

El Señor ha instruido a aquellos que entran en esta relación bendita que ellos deben guardar una estima mutua y un amor recíproco; a llevar el uno al otro en sus enfermedades y debilidades, problemas y aflicciones; a proveer cada cual honesta y diligentemente en y para el hogar; a orar y animar el uno al otro en las cosas que pertenecen a Dios; y a vivir juntos como herederos de la gracia de la vida.

Por esto dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola carne. Cada uno de vosotros ame también a su mujer como a sí mismo; y la mujer respete a su marido.

Matrimonio y divorcio

C.S. Summers; Tacoma, Estados Unidos;
The Believer’s Magazine, septiembre 1947

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Este es un tema desagradable para discusión, pero la cuestión se ha presentado en diversos lugares, y muchos entre el pueblo del Señor desean saber qué dicen las Escrituras al respecto. Lo que sigue se escribe en la esperanza de que sea de ayuda donde puede haber dificultad.

Para las parejas creyentes la Palabra de Dios es muy clara: “A los que están unidos en matri-monio, … que la mujer no se separe del marido; y si se separa, quédese sin casar, o reconcíliese con su marido; y que el marido no abandone a su mujer”, 1 Corintios 7.10,11. Nada salvo la muerte debería separar a un hombre de su esposa.

Génesis 2 nos presenta la institución inicial del matrimonio, efectuada por Dios: “Dijo entonces Adán: «Esto es ahora hueso de mis huesos y carne de mi carne;» ésta será llamada Varona, porque del varón fue tomada. Por tanto, dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y serán una sola carne”. Como toda norma de Dios, la norma para el matrimonio es perfecta. El marido cristiano está instruido a amar a su esposa como Cristo amó a la Iglesia.

Los pensamientos de Dios sobre el matrimonio fueron puestos a un lado al cabo de poco tiempo. El pecado entró en el escenario y con el pecado la muerte; ésta deshace la unión matrimonial. En el Génesis 4 Lamec, uno de la familia de Caín, tomó para sí dos esposas. Con la aceptación de la segunda de éstas, se rompió la unidad del enlace matrimonial.

Moisés permitió que el hombre repudiara a su mujer, Deuteronomio 24.1,2, y ella quedaba libre para casarse con otro. El pasaje dice textualmente: “Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa. Y salida de su casa, podrá ir a casarse con otro hombre”.

Se dio este permiso para aquella época, a causa de la dureza de corazón de los hombres. No expresaba la verdadera voluntad de Dios. Bajo la Ley el varón gozaba de privilegios que la mujer no tenía, y la posición de la esposa dependía en mayor grado del parecer del marido. La historia del Antiguo Testamento manifiesta que no se prohibía la poligamia.

Sin embargo, cuando llegamos al Nuevo Testamento vemos que el Señor Jesús enseñó el matrimonio desde la perspectiva divina. Los fariseos, pensando que podrían hacer al Señor equivocarse, le preguntaron si era lícito que el hombre repudiara a su esposa por cualquier causa. El Señor dijo en respuesta que el matrimonio desde el principio hacía del hombre y la mujer una sola carne. Añadió: “Por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”.

Esto les hizo referirse a lo que Moisés permitía, y al volver a contestarles el Señor les explicó también que fue por la dureza de corazón que Moisés permitía el repudio. Él prosiguió con la gran declaración de Mateo 19: “Cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de la fornicación, y se casa con otra, adultera, y el que se casa con la repudiada, adultera”. El Señor menciona aquí una excepción por la cual se permitía el divorcio, a saber, la fornicación.

Las palabras del Señor en Mateo 19.9 exponen el principio básico de Dios en cuanto al matrimonio “al principio” y hasta nuestro día. Es evidente que Moisés sancionaba el divorcio por una causa menor que la de la fornicación. El Señor limita el repudio a una sola causa. Al no ser a causa de la fornicación, la persona que divorcia a su cónyuge y se casa de nuevo mientras éste está en vida, es culpable del adulterio. La palabra fornicación quiere decir relaciones ilícitas, de manera que incluye el adulterio.

Parece según Deuteronomio 24.1,2 que la unión matrimonial no estaba realmente rota en la mente de Dios cuando un hombre divorciaba a su esposa. Pero al casarse la mujer con su segundo marido, el lazo con el primero quedó completamente roto en los ojos de Dios. El primer marido estaba prohibido a recibirla de nuevo “después que fue envilecida”, y el hacerlo sería una abominación delante de Jehová. Era así aun si el segundo marido muriera, 24.4.

 

De lo dicho llegamos a la conclusión que era en realidad la relación de la mujer con el segundo marido que deshacía el nexo con el primero. Esto está de acuerdo con las palabras del Señor en Mateo 19.9, a saber, que sólo la fornicación puede romper el enlace conyugal. Como escribió el señor William Kelly, “éste debe ser roto moralmente para terminar en la práctica. En los casos de la fornicación la unión ha sido anulada delante de Dios, y el repudio proclama ante los hombres lo que ha sucedido ya ante Dios”.

En los Evangelios hay cuatro referencias a este tema: Mateo 5.32, 19.9, Lucas 16.18 y Marcos 10.11. Las dos en Mateo incluyen la salvedad, las otras no. Sin embargo, no hay nada en las otras dos referencias para hacernos pensar que la excepción no está sobreentendida. El hecho de que el Señor emplee en cada uno de los cuatro textos palabras como cualquiera y el que, indica que sus palabras son de aplicación general y no, como algunos opinan, que las salvedades son para los judíos y los demás pasajes para la Iglesia.

Cuando un esposo o una esposa, creyente en el Señor Jesucristo, ha sido objeto del pecado de su cónyuge, ¿debe esta persona actuar según su derecho, repudiando a la parte faltante y quedándose libre así a casarse de nuevo? El camino más excelente en esta dispensación de la gracia sería el de perdonar y restaurar a quien ha faltado, una vez que haya confesado y abandonado su pecado. La parte culpable no tiene el derecho de volver una vez que haya revocado el nexo nupcial. El divorcio en este caso sería lícito pero quizás no conveniente.

Israel fornicó con muchos amigos, Jeremías 3.1, pero es exhortado a volver a Jehová. Esta restauración va a efectuarse bajo el nuevo pacto de la gracia. Un hijo de Dios puede actuar en gracia también, perdonando y aceptando de nuevo a su esposo o esposa culpable, una vez que la tal persona confiese y se aparte.

Donde la parte inocente se ha divorciado de su cónyuge fornicario, el proceder prudente puede ser sin duda el de quedarse sin casar. Pero el rematrimonio no sería adulterio, y semejante hecho no tiene que ser un estorbo a la comunión en una asamblea.

En 1 Corintios 7.10,11 el apóstol hace referencia a la enseñanza del Señor en su aplicación al pueblo de Dios en los tiempos nuestros. Las Epístolas no hacen referencia a la sola excepción que Él permite en Mateo 19.9. En las Epístolas el apóstol se dirige a creyentes en el Señor Jesucristo, y no fue necesario exponer la fase del tema que el Señor había tratado. El apóstol sí hace mención del parecer del Señor, el cual debe ser el de todo creyente también, en el sentido que nada sino la muerte debería separar a una pareja casada.

1 Corintios 7.12 al 16 proporciona una enseñanza adicional a lo expuesto en los Evangelios: “A los demás yo digo, no el Señor”. Esta es en cuanto al creyente cuyo cónyuge no sea creyente. El Señor no había dado instrucciones sobre esta situación, y por esto las palabras “no el Señor”. El hecho de que una parte sea salva y la otra no, constituía un yugo desigual pero no afectaba el yugo matrimonial. La gran cosa en estas circunstancias es que la parte creyente busque la salvación de la parte inconversa.

Es probable que había en Corinto varios casos de divorcio y rematrimonio antes de la conversión. Para tener un concepto de qué eran algunos de aquellos corintios antes de salvos, véase 1 Corintios 6.9 al 11: fornicarios, afeminados, homosexuales, ladrones. Esta ha podido ser una de las dificultades sobre las cuales los corintios habían escrito al apóstol.

El enseña claramente que las relaciones legales que existían en el momento de la conversión no deben ser descartadas ligeramente por los que Cristo saca de las tinieblas del paganismo. Estas incluirían nexos matrimoniales bajo la ley civil. Véanse 7.10,12,17,27.

El apóstol ni siquiera insinúa que debería proceder la separación de parte de creyentes divorciados y recasados antes de ser convertidos, ni que esta circunstancia da lugar al divorcio. Tampoco cuestiona que las tales personas sean idóneas para comunión en la asamblea. Los divorcios y rematrimonios de los tiempos de inconverso no pueden ser enderezados. Pero, como otro ha dicho bien, el pasado está borrado por la eficacia de la sangre preciosa de Jesucristo que ha respondido plenamente ante Dios, tanto para nuestros hechos culpables como para nuestro estado de culpabilidad.

La palabra de reconciliación, “no tomando en cuenta a los hombres sus pecados”, ha limpiado la pizarra de cualquier divorcio y rematrimonio en la vida pasada de una pareja creyente. En gracia, siendo “una sola carne”, los dos comienzan su vida para Dios como esposo y esposa.

Dios ha perdonado y justificado a esa pareja, y por lo tanto nosotros no podemos decir que ellos viven en pecado. Su caso no es de compararse con el de un hombre que robaba antes de ser salvo y sigue robando después de salvo. Cuando uno se ha divorciado y se ha casado de nuevo antes de su salvación, aquella persona está bajo una relación a la ley que le impone una obligación; esa persona no puede salir de la obligación contraída,
1 Corintios 7.24, y su único camino ante Dios es el de continuar en la relación.

El orden divino en cuanto al matrimonio es el mismo que Dios estableció en el principio, y debe ser una exposición de la relación entre Cristo y la Iglesia. La norma moral es la misma para el varón como para la mujer.

Respuestas a preguntas

Ver

The Witness, agosto 1935
W.E. Vine y W.R. Lewis

Es claro que el propósito divino era que el matrimonio fuese irrompible salvo por la muerte. Pero cuando el pecado entró, y consi-derando que el concepto ideal no había logrado su cumplimiento, se dio permiso bajo la Ley para el divorcio, debido a la dureza del corazón humano y para evitar la corrupción que hay en el mundo a causa de la concupiscencia. El permiso no fue perfecto pero en la práctica fue necesario en vista de las condiciones morales.

El Señor, al contestar la pregunta de los fariseos sobre si el divorcio era admisible por toda causa, disoció este paso solemne de las trivialidades con que se había vinculado. Él especificó el pecado único por el cual el matrimonio quedaba deshecho, y el solo motivo del divorcio.

Puede haber razones solemnes por qué un creyente debe valerse de esta provisión y casarse de nuevo, y en tal caso la comunión en la asamblea no debe ser negada por el hecho de que él o ella —la parte inocente en el problema— se ha valido del recurso legal para librarse del yugo antiguo. Ningún reproche moral cae sobre la tal persona en estas circunstancias, y el divorcio de por sí no es motivo para que terminen cualesquier funciones públicas que haya venido desempeñando.

Por otra parte, en un alma que está en viva comunión con Dios, puede haber una cuestión de mayor relieve, a saber, si no sería más acorde con las Escrituras y con la santidad, la alternativa de no valerse de esta excepción y de sufrir paciente y humildemente esta prueba abrumadora, para la honra del Señor, especialmente en tiempos cuando la corriente fluye en sentido contrario. Intereses mayores que los suyos propios prevalecerán, si duda, en aquellos que ocupan algún lugar de prominencia en una asamblea y son vistos como representativos, en mayor o menor escala, de la vida y testimonio de ésta.

Según la analogía de Levítico 21.7,14 (el matrimonio de los sacerdotes) y 1 Timoteo 3.2 («que el obispo sea irreprensible, marido de una sola mujer»), se exige una norma más elevada entre los que andan delante del pueblo del Señor como ejemplos a la grey. Ellos estarán dispuestos, en la medida en que les sea posible, a renunciar su derecho para así guardar su ministerio e influencia espiritual. Es una cosa solemne, y especialmente en tierras paganas, cerrar para siempre la puerta contra un cónyuge errante pero arrepentido. Dios mismo ha dejado abierta la puerta para el regreso de Israel; Jeremías 3.1.

Carece de fuerza el argumento que si la parte inocente tramita el divorcio, este hecho permitiría a la parte culpable a entrar en un matrimonio convencional en vez de vivir en concubinato. La ley civil puede legitimizar la segunda unión de la culpable, pero no puede santificarla. “A los fornicarios y a los adúlteros los juzgará Dios”.

C.F. Hogg y J.B. Watson

La pregunta hace referencia a dos pronunciamientos del Señor:

  • El que repudia a su mujer, a no ser por causa de fornicación, hace que ella adultere; y el que se casa con la repudiada, comete adulterio. Mateo 5.32
  • Cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de la fornicación, y se casa con otra, adultera. El que se casa con la repudiada, adultera. Mateo 19.9

Ambos pasajes enseñan que la única base adecuada para la revocación de un matrimonio es aquel pecado que por su propia naturaleza rompe la unión, por cuanto ese pecado rompe “el vaso” exclusivamente para el esposo o esposa. La salvedad en ambos pasajes, “salvo por causa de la fornicación”, manifiesta claramente que el Señor reconoce este pecado como motivo del divorcio.

Ambos pasajes enseñan que un divorcio tramitado por otro motivo no es válido ante la ley de Dios, y por lo tanto las partes no están en libertad de contraer otra unión, dado que en los ojos de Dios la primera unión está vigente todavía. Ambos pronunciamientos prohíben el matrimonio de personas cuyo divorcio carece de motivo suficiente, a saber, por alguna causa diferente de la que se ha especificado.

La razón por esto es que, no obstante lo que establezca la ley de los hombres, la unión original está vigente y por lo tanto cualquier otra unión constituiría pecado. Si se ha disuelto el matrimonio por la causa valedera que se nombra, ha dejado de existir la razón para prohibir el rematrimonio. En otras palabras, la cláusula que establece la excepción, “a no ser por causa de la fornicación”, limita la aplicación de la prohibición a aquellos casos donde el divorcio se debió a otra causa.

Consideramos, por tanto, que la respuesta es que las palabras del Señor no prohíben el rematrimonio de la parte inocente en un divorcio que fue concedido a causa de la infidelidad sexual de la otra parte.

Esta respuesta presupone que fornicación quiere decir la infidelidad sexual, sin tomar en cuenta el sentido dado a la palabra en las leyes del país. Es decir, en el Nuevo Testamento la palabra encierra este sentido amplio, si uno examina todos los pasajes donde se usa. Véase, por ejemplo, 1 Corintios 5.1 donde se emplea el vocablo fornicación al referirse a un pecado del cual una esposa es participante.

Aquellos que insisten en el sentido más restringido (a saber, que fornicación es solamente la falta de castidad en la persona no casada) generalmente tienen en mente el caso de la señorita, y ellos vinculan su interpretación con Deuteronomio 22, versículos 13 al 21.

Pero el divorcio no ha podido presentarse en este caso, ya que la pena contemplada era la muerte. Y, el versículo siguiente (el 22.22) establece que la misma pena fuese administrada en el caso del mismo pecado cometido después del matrimonio. Es evidente, pues, que el hecho de que la falta haya sido cometida antes o después de contraer matrimonio no hacía diferencia en cuanto a la gravedad de la misma o la pena que la ley exigía.

Hay los que sostienen que la fornicación mencionada en los dos pasajes en Mateo se refiere a la falta de castidad prenupcial, y que este pecado bastaba para anular el matrimonio. Ellos están en la obligación de mostrar por qué el mismo pecado cometido una vez contraído el matrimonio es insuficiente para anular el lazo matrimonial.

William Hoste

“Lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”, Mateo 10.9. ¿No hay circunstancias en las cuales Dios mismo separa lo que Él ha juntado? Creo que hay una, señalada claramente por el Señor mismo, en Mateo 5.32 y de nuevo en el 19.9. Ambos versículos enfatizan lo sagrado del vínculo matrimonial y hacen ver que el divorcio es pecado. Pero Él hace una excepción, y es cuando la causa sea la fornicación.

Presente esta causa, el divorcio debe proceder, y en este caso no se trata del hombre separando algo que Dios ha juntado, sino de Dios separando. Si es así, los contrayentes ya no son casados de veras, sino que están como si nunca se hubieran casado, o como si uno de ellos estuviera muerto.

No está bajo consideración el rematrimonio de la parte culpable. No tenemos nada que ver con eso, y una persona culpable en un grado tan marcado no debe continuar en la comunión de los santos sino ser puesto en el lugar afuera. Pero en cuanto a la parte ofendida, yo creo que él o ella está en libertad ante Dios a casarse de nuevo, pero sólo en el Señor.

 

Citas de escritos de J.N. Darby

 

Al decir que el lazo fue roto, el sentido es que Dios nunca permitió al creyente romperlo, pero la realización del adulterio partió el lazo; el Señor permitió a la otra parte reconocer el rompimiento y proceder en este sentido por medio de un divorcio final. No lo exigió pero lo prometió. La legalización del hecho es una sumisión al gobierno existente, o sea, a la ley civil, tal como había divorcio bajo la ley judaica.

Por otra parte, 1 Corintios 7 me hace ver que el cristiano que ha sido abandonado deliberadamente por su cónyuge inconverso está de un todo libre a casarse. Ahora, esto presupone que la otra parte abandonó deliberadamente a su cónyuge. El cristiano nunca estuvo en libertad de hacerlo, y, estando obligado a marcharse, debe quedarse sin casar o debe volver a su hogar.

 

El capítulo 10 de Marcos no anula el capítulo 19 de Mateo. Al hablar de un hombre que repudia a su mujer, se considera que su actuación es producto de su propia voluntad. Si la repudia, él ha roto por voluntad propia lo que Dios juntó, y su rematrimonio es pecado. El pecado cometido ya había desecho el vínculo, y el divorcio legal era permitido.

Para mí, el capítulo 5 de Mateo es tan claro como el capítulo 19. Creo que la persona debe tramitar el divorcio; de otra manera los dos se quedan casados ante la ley, y la nueva relación es una de concubinato. De todos modos, se permite el perdón.

El pasaje en Romanos 7.2,3 realmente no aplica. El texto griego no habla nada del matrimonio. Se contempla a la mujer como relacionada con, y bajo la autoridad de, su marido. Y luego ella es “a [para] otro hombre;” o sea, infiel bajo el lazo existente.

 

Cita de uno de los libros de William Kelly

 

Por medio de una relación terrenal brilla la luz del cielo, y la santidad del matrimonio se sostiene. Cristo rechaza la posibilidad de que cualquier cosa interfiera con la santidad de esta unión, salvo que haya sucedido primeramente aquello que la interrumpe ante los ojos de Dios. Siendo éste el caso, la separación sería tan sólo una declaración del rompimiento que ya había tenido lugar.

Hay una sola causa por la cual puede ser disuelto el matrimonio; o, mejor dicho, debe ser disuelto moralmente para terminar como un acto consumado. En el caso de la fornicación, el lazo está deshecho ante Dios, y el repudio meramente proclama ante los hombres lo que ya había sucedido ante los ojos de Dios.

 

The Believer’s Magazine, junio y octubre 1949
W.F. Naismith

[ Esta primera pregunta trata de una mujer que oyó el evangelio y fue salva cuando ya se había casado por tercera vez ].

Hay cosas que pueden ser ajustadas después de la conversión; una deuda puede ser pagada, o un hurto puede ser compensado, para que el nuevo creyente tenga una conciencia limpia. Un caso como éste, sin embargo, sería difícil de resolver si uno exigiera que primeramente se rectifiquen los hechos que tuvieron lugar antes de la conversión.

Sería más factible y menos engorroso aceptar la persona tal como fue en el momento de su salvación. En el caso de un pagano que ha podido casarse múltiples veces, y cuya vida era por demás cuestionable antes de que la gracia de Dios le alcanzara y le transformara, uno solamente podría aceptarle como Dios le aceptó en el día de su conversión.

Por cuanto este hombre se divorció antes de su conversión, y por cuanto Dios en su gracia ha tenido a bien recibirle para sí —llamándole a la comunión con su Hijo Jesucristo nuestro Señor, 1 Corintios 1.9— ¿por qué debemos nosotros resucitar el pasado? “Nunca más me acordaré de sus pecados y transgresiones”, Hebreos 10.17.

Si la conducta de uno antes de ser salvo tiene que ser una base para la comunión en una asamblea, entonces ¡ay de las asambleas!

 

A.C. Hill, Montreal, Canadá;
Help and Food, noviembre 1952

Este tema es uno sobre el cual han discrepado cristianos espirituales y bien instruidos en la palabra; así, al tratarlo lo hacemos con cierta vacilación y, esperamos, con legítima humildad. En estos asuntos donde los hombres de Dios no están de acuerdo, es bueno llevar en mente la exhortación que el famoso Cromwell [un gobernador británico del Siglo XVII] dio a un grupo de calvinistas empedernidos, el cual se había reunido para redactar un credo. Dijo: “Os ruego por las entrañas de Cristo que consideréis la posibilidad de que tal vez estéis equivocados”.

De manera que, respondiendo a la solicitud de algunos de nuestros corresponsales, y llevando en mente que tal vez estemos errados, esbozaremos lo que creemos que el Señor enseñó sobre el divorcio y rematrimonio.

Vamos a comparar dos pasajes importantes.

  • En Mateo 5.32 leemos: “Pero yo os digo que el que repudia a su mujer, a no ser por causa de fornicación, hace que ella adultere; y el que se casa con otra, comete adulterio contra ella; y si la mujer repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio”.
  • En Marcos 10.11,12 leemos: “Y les dijo: Cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio contra ella; y si la mujer repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio”.

Mateo 19.19 es un pasaje paralelo con el del 5.32 y Lucas 16.18 es paralelo con Marcos 10.11,12. Estos pasajes pueden ser tomados como contentivos de la enseñanza de nuestro Señor sobre el tema.

Podemos hacer las observaciones siguientes sobre estos versículos:

  • Se hace una distinción real entre la fornicación (las relaciones ilícitas antes del matrimo-nio) y el adulterio (las relaciones ilícitas después del matri-monio). Esta es una distinción importante y figura en la traducción citada.
  • No creo que 1 Corintios 5.1 puede ser tomada como desvirtuando la diferencia que nuestro Señor hizo cuidadosamente. Si Él no hubiera querido distinguir entre la una y la otra, Él no tenía por qué usar palabras distintas. De todos modos, 1 Corintios 5.1 se refiere básicamente al incesto y no creo que puede ver con el tema.
  • Una esposa, y supuestamente un esposo, puede ser repudiada si se puede probar que ha habido fornicación. En realidad esto quiere decir que el matrimonio ha sido anulado, ya que una de las partes de la unión realmente no estaba en libertad de contraer nupcias sino comprometida ya a otra persona.

El hecho de repudiar a una esposa legalmente no basta para que uno este en libertad de casarse de nuevo. Leemos en Jeremías 3.8 que el Señor ha divorciado a Israel por sus pecados, y sabemos que ésta no es una separación definitiva sino que un Israel arrepentido será restaurado a su posición antigua; Oseas 14.4 al 9.

Así podemos entender que nuestro Señor enseña en Marcos 10 que: (3) las personas divorciadas no deberían casarse de nuevo. El rematrimonio cierra la puerta a la parte errante y esto es algo que no debemos hacer.

Se ha protestado que estas son palabras duras y su aplicación podría resultar en situaciones muy difíciles para gente inocente. Nuestra respuesta es que nunca ha sido fácil para la carne andar en una senda realmente espiritual. En ésta, la más importante de las relaciones humanas, no debemos estar sorprendidos al encontrar que Dios haya dado advertencias solemnes a los que contravienen sus leyes.

Por supuesto, no estamos realmente seguros que hay tal cosa como la parte inocente en una de estas relaciones. Los matrimonios que naufragan son casi siempre aquellos que comenzaron mal; a saber, la unión entre creyente e incrédulo, el matrimonio de parejas desparejas, las nupcias apresuradas, etc. Ambas partes de estas uniones son culpables de haber cometido un error en primera instancia. Uno puede ser más culpable que otra, pero en algún grado ambas personas llevan culpa cuando el fracaso se hace patente.

Lo dicho puede servir para subrayar una vez más la necesidad de que los jóvenes —y los demás— se conozcan bien y conozcan la familia de cada cual antes de comprometerse al matrimonio. Sin duda la causa más común del divorcio en nuestro país [el Canadá, 1952] es el apresuramiento hacia las nupcias; sabemos que esto ocurre aun entre los creyentes.

***

Tal vez no consideramos con la debida frecuencia que la relación humana entre el esposo y la esposa es un cuadro de Cristo y la Iglesia. En Efesio 5.31,32 leemos: “Por esto dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola carne. Grande es este misterio; mas yo digo esto respecto a Cristo y a la Iglesia”.

El Espíritu Santo hace esta comparación, así que estamos en terreno seguro cuando llegamos a las conclusiones siguientes:

  • El lazo matrimonial en el reino terrenal es para durar toda una vida natural, como la unión espiritual durará para siempre.
  • Lo que suceda después del matrimonio no disuelve la unión matrimonial, pero todo pecado puede ser confesado y perdonado, así como el creyente, una vez unido a Cristo, no puede perderse aun cuando se haya extraviado en su carrera cristiana.

La esposa del Cordero no está sujeta a divorcio, así que consideramos que su contraparte natural tampoco está sujeta a divorcio permanente.

***

Ahora, surge la pregunta sobre los que han fracasado en su matrimonio. Algunos cristianos se han divorciado, sea por terquedad o en ignorancia, y se han casado de nuevo.

Cada caso debe ser considerado estrictamente según sus propios méritos, y por los que son espirituales dentro de la asamblea respectiva. No hay dos casos iguales y no se puede establecer reglas de aplicación general. Donde hay un verdadero reconocimiento de haber hecho mal, un verdadero arrepentimiento y una honesta disposición de arreglar las cosas delante de Dios, no hay ningún pecado que no puede ser perdonado.

Si confesamos nuestros pecados, Él es fiel y justo para perdonar nuestros pecados, y limpiarnos de toda maldad. Un pecado relacionado con la unión matrimonial puede ser confesado y apartado para siempre, tal como puede ser cualquier otro pecado.

En una carta de fecha reciente sobre este tema, el hermano A.S. Loizeaux hizo los comentarios siguientes, después de señalar que aun la persona incestuosa en 1 Corintios 5 fue perdonada y recibida de nuevo en la comunión:

“Aun el Antiguo Testamento advierte al pueblo de Dios contra la severidad excesiva en el castigo de un ofensor. «… no sea que, si lo hieren con muchos azotes más que éstos, se sienta tu hermano envilecido delante de tus ojos.» Dios quiere que nuestro perdón sea genuino y entusiástico, como es el suyo. Algunos de los creyentes en Corinto habían sido pecadores en extremo, pero habían sido lavados y santificados; 1 Corintios 6.9 al 11”.

“Algunos hombres severos y legalistas prohibirían para siempre la entrada de divorciados en la asamblea local, pero no creo que ellos cuenten con la mente del Espíritu. Hay un solo pecado que no admite perdón, y es el de la blasfemia contra el Espíritu Santo. Todos los demás pecados pueden ser perdonados si hay verdadero arrepentimiento y confesión. No vamos a pensar que somos más santos que Dios”.

“Desde luego, el fracaso puede dejar a una persona incapacitada para responsabilidad pública en la asamblea, 1 Timoteo 3.1 al 15, pero aun estos fracasos pueden ser sanados con el tiempo mediante la gracia de Dios y un andar en el temor suyo”.

Estas opiniones, creemos, se basan sanamente en la Palabra de Dios, y nos encontramos en completo acuerdo. No podemos estimular la desobediencia a la letra de la Palabra de parte de aquellos que buscan la voluntad de Dios con respecto a su conducta, pero tampoco podemos poner límites a la gracia de Dios, ni con respecto al creyente arrepentido ni con el pecador arrepentido.

Los creyentes verán, sin embargo, como David experimentó en su vida, que los pecados que han cometido traen tristes resultados en la vida de quien los cometió, aun cuando perdonados por Dios. La herida puede haberse cerrado pero queda la cicatriz.

***

Algunos han preguntado acerca de la condición de un creyente que, entes de ser salvo, divorció su antiguo cónyuge y posiblemente se casó con otra persona. Estamos seguros de la Palabra de Dios que todos los pecados cometidos en la vida de uno hasta el momento de su conversión están bajo la sangre, y no serán recordados jamás.

No creemos que ningún pecado cometido antes de la salvación de uno, del cual la tal persona se haya arrepentido de verás, debe ser considerado en contra suya una vez que haya recibido a Cristo como Salvador.

Hawthorne Baillie;
The Believer’s Magazine, noviembre 1953

 

En Marcos 10.2 al 12 tenemos el relato que Marcos da sobre la pregunta de los fariseos, y el Señor aquí, como en Mateo 19, señala atrás hacia la creación original, mostrando que el matrimonio es insoluble. Marcos añade que los discípulos preguntaron posteriormente a su Señor cuando estaba en la casa. Él contestó: “Cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio; y si la mujer repudia a su marido y se casa con otro, comete adultera”.

En Israel, por supuesto, un caso de estos podría presentarse con respecto a una mujer repudiada, ya que la situación donde una mujer divorcia su marido tiene que ver con la ley griega y la romana.

Hay otra referencia en Lucas 16.18. Aquí el Señor se dirige a los fariseos y los reprocha por el pecado de la avaricia; éste es la violación del décimo mandamiento, sea el amor al dinero o el amor para la esposa de otro. Ni una jota de la ley pasará.

Obsérvese que aquí y en Marcos se omiten las palabras “a no ser por causa de forni-cación”. De nuevo el Señor enfatiza la insolubilidad de la unión matrimonial. Esta se confirma en Efesios 5.30 al 32, donde se emplea como un tipo de Cristo y su Iglesia.

***

El corresponsal pregunta si está de acuerdo con la enseñanza de la Palabra de Dios que un cristiano se case con una creyente que ha sido la parte inocente en un divorcio.

Las Escrituras indican que no. El matrimonio fue instituido por Dios, dado al hombre en la inocencia, santificado por el Señor en los días de su carne, confirmado por él en Marcos 19.6 al 9 y empleado por el Espíritu Santo como símbolo de Cristo y su Iglesia en Efesios 5.32.

En Mateo 19.3 al 12 los fariseos introducen el tema del divorcio, y preguntan: “¿Es lícito al hombre repudiar a su mujer por cualquier causa?” Nótese las palabras “por cualquier causa”. Cuando nuestro Señor estaba sobre la tierra había en materia del divorcio dos agrupaciones de rabinos: la escuela de Hillel y la de Shammai. Hillel enseñaba que el divorcio era admisible por causas triviales; Shammai negaba esto, reconociendo sólo el adulterio como causa.

Nuestro Señor respondió con remitirse a Génesis 1.27, donde al principio Dios los hizo varón y hembra, y Génesis 2.24: “Dejará al hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y serán una sola carne”. Él añadió las palabras solemnes: “Por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”.

Los fariseos prosiguieron: ¿Por qué, entonces, permitió Moisés dar carta de divorcio, y repudiarla? Deuteronomio 24.1 al 4. A esto el Señor contestó que fue debido a la dureza de corazón de aquéllos, pero al principio no era sí. El Señor reafirmó que la unión matrimonial es aún válida delante de Dios, y El cita las palabras que había dado en el Sermón del Monte; Mateo 5.32.

Otro escritor ha comentado que “el vínculo esencial de la unión matrimonial no consiste en la unidad de espíritu y alma, por la cual ciertamente el estado matrimonial debe ser consagrado y endulzado siempre, y sin la cual existe todavía toda la fuerza del vínculo nupcial; es decir, la pareja es todavía una sola carne, un solo ser dentro de los límites de su vida unida en la carne en este mundo. Más allá de este límite, el matrimonio queda roto por la muerte de la carne. Y aquí solamente está la justificación de un segundo matrimonio, el cual de ninguna manera rompe la unidad del amor en espíritu con el cónyuge fallecido”.

¿Tan sólo la muerte rompe la relación matrimonial?

F.C. Jennings, Nueva York

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El señor Jennings escribió libros sobre diversos temas de la Biblia y también un folleto de treinta páginas con el título que figura aquí. Sus explica-ciones son largas, contundentes y a veces complejas. Se reproduce a continuación los primeros y últimos párrafos, en parte para ver cómo un reconocido estudioso de las Escrituras reaccionó ante una serie de panfletos —algunos de ellos nada elegantes— que habían sido preparados como un intento por descartar el divorcio de un todo. [Es un fenómeno que se presenta de tiempo en tiempo]. Las palabras con las cuales el autor termina su escrito son especialmente llamativas.

 

Tal vez sea necesario un comentario para explicar el asunto tratado en las páginas siguientes. Ultimamente se ha insistido en más de una parte que nada —y realmente nada— puede justificar el divorcio, que el “verdadero matrimonio es insoluble”, “no puede ser deshecho”, y así sucesivamente. Las expresiones usadas difieren pero la idea que diversas personas quieren impartir es la misma.

Si todo esto careciera de consecuencia práctica, podríamos hacer caso omiso de la prédica por ser una idea extravagante, pero en realidad esta forma de hablar trae consecuencias graves y ha traído no poca aflicción. Este énfasis tan fuerte que algunos ponen sobre lo que ellos llaman el pecado básico del rematrimonio después del divorcio, ha transferido la culpa del adulterio desde el verdadero transgresor a la parte inocente que se casa de nuevo. Este escrito tiene por propósito un examen de las Sagradas Escrituras sobre este tema.

Resumiendo todo esto en pocas palabras, y tomando las Escrituras como un conjunto, hay tres causas que por sí rompen la relación matrimonial:

  • la muerte de una de las partes. Esta es la regla normal, aparte de la intrusión de la inmundicia sexual.
  • la contravención del séptimo mandamientos, o sea, el adulterio en cualquiera de sus formas
  • un abandono definitivo al estilo de 1 Corintios 7.15, cuando el desertor es tan impío como el pagano de Corinto.
[ Nota del redactor: El lector habrá observado que J.N. Darby también percibía este tercer punto. ]

Sabemos que no es permisible basar la doctrina en la experiencia, pero sí podemos ilustrarla con la experiencia. Son conocidos algunos casos del tercer tipo, donde la aprobación de Dios sobre la unión actual está a la vista de todos; casos donde la persona una vez abandonada está casada ahora, viviendo humildemente con su cónyuge en el temor de Dios, y los hijos están siendo criados en la disciplina y admonición del Señor.

Yo me pregunto cómo es posible que algunos pueden asignar a estas uniones el estigma del adulterio. Aun sin las experiencias que están a la vista, las Escrituras son claras. Sólo una distorsión de las mismas —hecha sin querer, producto de una reacción exagerada al pecado repugnante del divorcio que caracteriza nuestros días— puede conducir a uno a hablar de un yugo previo como vigente aún. Hemos visto que las Escrituras declaran que aquella unión dejó de ser.

A paz nos llamó Dios, 1 Corintios 7.15. Estas palabras de gracia hacen pensar que el espíritu de Cristo previó las dificultades que nos asecharían y que podrían romper nuestra comunión el uno con el otro, haciéndonos tener presente su deseo de continuar la paz sin interrupción en estos casos.

Yo no tengo conocimiento de ninguna Escritura que impondría sobre dos verdaderos creyentes en el Señor Jesucristo la más severa forma de disciplina conocida al cristianismo —y una de la cual no podrían escapar mientras ambos vivan— por el solo hecho de haberse unido con buena conciencia en santo matrimonio cuando uno de ellos haya sido divorciado previamente por, o se ha divorciado de, un adúltero.

 

Esta disciplina —la de 1 Corintios 5.11— se reserva exclusivamente en las Escrituras para los perversos con quienes ninguna comunión es posible, ni la de comer con ellos. La idea de aplicarla a [estas parejas] es una paradoja que se condena a sí misma, pero es precisamente la enseñanza errónea que encontramos en algunos escritos que están circulando últimamente.

El creyente y el divorcio

Andrew Stenhouse; Santiago de Chile;
The Believer’s Magazine, octubre 1948

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Los pasajes relevantes en las Escrituras son:

  • Mateo 5.32, 19.9
  • Marcos 10.2 al 12
  • Lucas 16.18
  • Romanos 7.2,3

Estamos convencidos de que consideración cuidadosa de estas porciones de la Palabra de Dios mostrará que no hay falta de uniformidad entre ellas y que su testimonio unánime es en el sentido que entre los creyentes el matrimonio debe ser visto como una unión indivisa.

Interpretaciones populares de los dos pasajes en el Evangelio según Mateo han atribuido a éstos un testimonio que no encaja con otros pasajes en el Nuevo Testamento, violando así la primera ley de la hermenéutica.

Se ha afirmado que las palabras de nuestro Señor, según Mateo la relata, tenían el propósito de enseñar que el divorcio es permisible cuando hay adulterio, aunque se reconoce a la vez que los pasajes en Marcos, Lucas y Romanos no ofrecen apoyo para esta idea.

Así nos dan a entender que mientras estos últimos pasajes presentan una norma perfecta para el pueblo de Dios en la dispensación actual (como aseguradamente era de esperarse), las palabras del Evangelio de Mateo nos obligan a suponer que el Señor mismo redujo la norma, estableciendo una excepción en el caso de una persona objeto del pecado de parte de un cónyuge infiel. Creemos que esto es erróneo y carente de soporte en el texto de las Escrituras.

Dejando de considerar por un momento las palabras que supuestamente justifican el divorcio a causa del adulterio, podemos decir osadamente que el testimonio de todos los pasajes en el Nuevo Testamento está fuerte y enfáticamente a favor de la permanencia del lazo matrimonial. En Marcos y Lucas tenemos una afirmación clara y categórica en el sentido que comete adulterio el que repudia a su esposa y se casa con otra mujer. Esa afirmación es verídica tal como se encuentra, comoquiera que se lee en otra parte.

No se presumiría que el lector de estos Evangelios tendría el conocimiento de Mateo y que su comprensión de la declaración le permitiría entender que representaba una limitación.

Es así también cuando Pablo escribe a los creyentes en Roma que “la mujer casada está sujeta por ley al marido mientras éste vive” —no mientras éste se comporta bien— y “si en vida del marido se uniere a otro varón, será llamada adúltera”. Es una afirmación sin calificación, y debe recibir su valor completo. Además, la enseñanza importante de Pablo en este pasaje, que trata de la relación del creyente con la ley, tendría que ser modificada si se pudiera mostrar que una mujer no siempre está sujeta a su marido por la ley “mientras éste vive”.

Aun en el Evangelio según Mateo, donde los patrocinantes del divorcio pretenden encontrar la autoridad para el mismo, se encuentran algunas de las declaraciones más fuertes en el sentido opuesto. Es allí donde nuestro Señor conduce los pensamientos de sus oyentes hacia atrás al principio y los recuerda que la institución del matrimonio de parte de Dios constituía la unión de un hombre y una mujer, y que estos dos, a raíz de dicha unión, se hacían una carne, dejando de ser dos. Se dice también que Dios efectúa la unión y se expresa la prohibición incondicional que “lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”.

De esta norma elevada y absoluta, tan apropiada a la cristiandad y tan diferente de lo que Moisés permitía, sería sorprendente si el Señor condescendiera a conceder el divorcio por motivo de la infidelidad matrimonial. Puede ser que a primera vista sus palabras parecen dar a entender que sí, pero, sea dicho en honor suyo y en defensa de la precisión y uniformidad de las Sagradas Escrituras, que no es necesario llegar apresuradamente a esa conclusión, y que la tal ni siquiera se justifica.

Leamos de nuevo Mateo 19.9 y observemos exactamente qué dice: “Y yo os digo que cualquiera que repudia a su mujer [salvo por causa de la fornicación,] y se casa con otra, adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera”. Hemos colocado entre corchetes las palabras que Marcos y Lucas han tenido a bien omitir en sus pasajes paralelos, y nuestro planteamiento ahora es en cuanto al sentido de las mismas.

¿Ellas justifican el repudio a causa de infidelidad en la relación conyugal? Claramente que no. Nuestro Señor no se refirió al adulterio, moikeia, sino a la fornicación, porneia, como la base del repudio especial que tenía en mente. Hay que notar cuidadosamente que El emplea la palabra “adulterio” en la última parte del versículo, donde corresponde perfectamente para referirse a la impureza en personas casadas. Pero no hubiera sido apropiado como sinónimo del vocablo “fornicación” en el empleo que el Señor la dio, el cual es en cuanto a la impureza prenupcial.

La razón de nuestra falta de comprensión de las palabras se encuentra en la diferencia entre las costumbres de los judíos y las de nuestra civilización occidental. El hecho de que sólo Mateo registre las palabras “salvo por causa de la fornicación” sugiere inmediatamente que estas palabras serían de aplicación especial a los lectores judíos para quienes él escribió. Para los judíos el desposorio era un contrato solemne y definitivo, y los desposados se llamaban hombre y mujer antes de entrar en el estado del matrimonio. Para evidencia de esto véanse Deuteronomio 22.23 y Mateo 1.19,20.

La infidelidad de parte de los desposados era una ofensa grave, y fue a esta ofensa que nuestro Señor se refería al decir “salvo por causa de fornicación”. La palabra fornicación en su sentido primario de impureza prenupcial, cuando está puesta como motivo del repudio, podría tener aplicación sólo a personas desposadas, y no a aquéllas que ya habían entrado en el estado de matrimonio. Así se ve que la terminación del contrato del desposorio, antes del matrimonio, es el único repudio autorizado por las palabras de nuestro Señor.

Las Escrituras mismas ofrecen una ilustración sencilla de esto en el relato de José y María. “Estando desposada María … con José, antes que se juntasen”, él, “su marido … quiso dejarla secretamente”. Pero el ángel le dijo: “No temas de recibir a María tu mujer”. El repudio de María de parte de su marido, antes que se juntasen, hubiera sido justificado si los temores de José hubiesen tenido base, e indudablemente éste es el caso que nuestro Señor tenía en mente al autorizar el repudio con el motivo de la fornicación.

Es cierto que a veces la palabra fornicación se emplea en un sentido más amplio que el sentido primario de la unión sexual entre personas no casadas. Al ser usada en un sentido general, ella incluye el sentido del adulterio, pero sugerimos que cuando se emplean los dos términos en un mismo versículo de las Escrituras, es insostenible que ellos sean entendidos para decir la misma cosa. Hemos indicado ya que la interpretación que los hace equivalentes sólo sirve el propósito de poner una escritura en contradicción de otra.

La posición asumida por nuestro Señor, cuando los fariseos le interrogaron, fue que la institución original del matrimonio significaba que el varón dejara a su padre y a su madre para que la pareja constituyera una sola carne. Esto, en el pensar del Señor, quería decir que ya no eran dos sino uno. La unión era permanente, y ninguna persona debería atreverse a partirla.

Cuando los fariseos objetaron que Moisés había dado permiso para repudiar la esposa de uno, el Señor no abandonó su posición de defensa de la institución original. Él declaró que Moisés hizo esta concesión debido a la dureza de corazón de parte del pueblo, pero al principio no fue así. Él acusó a los fariseos de la misma dureza de corazón.

Es para nosotros decidir si vamos a tomar la parte de nuestro Señor o de los fariseos. Él se declaró contrario a toda la idea del divorcio entre personas casadas, y la única excepción fue, como ya hemos visto, con referencia a personas comprometidas —desposadas— pero no casadas aún. Una vez constituida la unión matrimonial, no había de ser rota.

Se ha dicho que la infidelidad de una de las partes da por resultado que el lazo matrimonial está roto automáticamente, y que la consumación legal del divorcio es sólo el reconocimiento de este hecho. Pero nunca se ha presentado una referencia bíblica para mostrar que es así. Si fuera el caso, la pareja infeliz no podría considerar el perdón y la reconciliación; roto el lazo, sería necesario cumplir con los trámites de un nuevo matrimonio para que fuera posible reanudar las relaciones normales entre cónyuges. ¿Pero con qué autoridad se dice que la unión matrimonial se rompe por la mala conducta?

En los tiempos de Malaquías, el Señor declaró por medio del profeta que aborrecía el repudio (a saber, el divorcio) y su palabra a los maridos infieles fue ésta: “Jehová ha atestiguado entre ti y la mujer de tu juventud, contra la cual has sido desleal, siendo ella tu compañera, y la mujer de tu pacto”, Malaquías 2.14. Entonces, si el Señor no considera el pacto roto cuando se obtiene un divorcio en los tribunales civiles, ¿qué es la posición verdadera de las personas divorciadas?

En 1 Corintios 7 Pablo da instrucciones para la orientación de quienes antes de su conversión estaban involucradas en enredos matrimoniales. A los casados el Señor manda: “Que la mujer no se separe del marido … y que el marido no abandone a su mujer”. En este contexto nada se dice de excepciones. Pero si la esposa está obligada a dejar a su marido, ella no se casa de nuevo sino debe esperar la oportunidad de ser reconciliada. Y, se hace la sugerencia que ella todavía puede contemplar la posibilidad de ganar al inconverso para el Señor; 7.10 al 16.

Todo esto nos conduce a la conclusión que la gracia de Dios estará disponible en la medida abundante para todos los que desean ceñirse a las Escrituras y hacer su voluntad, en vez de ser influenciados por las opiniones de hombres.

Rematrimonio y comunión en la iglesia local

F.A. Adams; Inglaterra;
tomado de un folleto, Except it Be for What?,
publicado por Christian Missions Press

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Este escrito constituye un solo capítulo en un folleto de ocho. La tesis de los capítulos principales —como se ve por algunos comentarios en este extracto— es que la excepción mencionada por el Señor en Mateo se refiere solamente a la libertad del varón recién casado de repudiar a su novia si ella le engañó al dar a entender que era virgen.

El autor resume su tesis al decir: “Al hablar de la fornicación el Señor no quiso decir los pecados sexuales del adulterio. Él no estaba dando el adulterio como base para el divorcio”.

En vista de esta posición de parte del autor, es interesante su perspectiva en cuanto a los creyentes cuyos problemas estriban de acontecimientos que tuvieron lugar antes de su conversión.

 

Al lado del pozo de Sicar el Salvador trató con una mujer cuya historia matrimonial había sido caracterizada por una serie de irregularidades frecuentes y serias. Un matrimonio en la juventud, cosa universal en el Oriente, fue seguido posiblemente por el estado de viuda pero mucho más probable por el de divorciada. Luego un segundo matrimonio y otro divorcio. Este proceso se repitió cinco veces con las variaciones del caso, y de nuevo la mujer se encontró libre de un yugo formal.

Ahora la mujer que conoció a cinco hombres como maridos, entró en una relación ilícita con otro. Esta relación podía ser terminada sin la formalidad de un divorcio, ya que no eran legalmente esposo y esposa. Fue mientras ella estaba en esta relación conyugal que tuvo su encuentro con el Señor Jesús, quien salvó su alma y cambió su vida.

En la historia de esta mujer, pues, tenemos ejemplos de tres tipos de asociación entre hombre y mujer. Su primer matrimonio sería normal y regular. Ambos —probablemente todos— de los cuatro siguientes se realizaron posteriores al divorcio. Su asociación más reciente era pecado a la vista. Según la norma que el Señor estableció en Mateo capítulos 5 y 19, y en Marcos capítulo 10, su primer matrimonio había estado en regla y ha debido ser permanente. Según la misma norma, los otros matrimonios eran adulterinos.

El punto a ser notado es que el Señor habla de todos cinco varones involucrados como maridos, haciendo un contraste marcado entre ellos y el sexto hombre. De éste dijo: “El que ahora tienes no es tu marido”. En otras palabras, Él distinguió entre las uniones que Él mismo no hubiera permitido, pero con todo eran matrimonios según las leyes y costumbres de Samaria, y una asociación que ni siquiera pretendía ser matrimonio.

Ahora, si vamos a estos versículos en Mateo y Marcos donde el Señor está prohibiendo el divorcio y rematrimonio, encontramos que está hablando del hombre que repudia a su esposa y se casa con otra mujer. La palabra que emplea es la que se usaba comúnmente para referirse al matrimonio normal, incluyendo toda la ceremonia del caso y la fiesta nupcial, pero El dice que quien lo hace ha cometido adulterio.

A primera vista casi parece que hay una contradicción en el lenguaje: ¡un matrimonio que es a su vez adulterio! Un poco de reflexión más de cerca nos mostrará, sin embargo, que en realidad sus dichos nos ofrecen orientación sobre cuál debería ser nuestra actitud hacia los creyentes que se casan de nuevo después del divorcio.

Reflexionemos de nuevo sobre la mujer samaritana. No sabemos qué dio lugar a sus muchos divorcios, ni es eso que nos ocupa. Lo que sabemos es que de ninguna manera ha podido ella saber que el Señor vería como adulterinos sus matrimonios posteriores al divorcio, aun en el caso que su gran pronunciamiento haya sido hecho antes de la ocasión narrada en Juan 4.

Sabemos también que, por cuanto los samaritanos contaban con el Pentateuco [los cinco libros de Moisés], la mujer habrá sido criado en la creencia que el divorcio era permisible y el rematrimonio posterior también. Cualquiera que sea la culpa que tenía ella por todo lo sucedido, no podemos culparla por lo que hizo en una ignorancia inevitable. Así el Señor considera que sus uniones matrimoniales eran matrimonios, sin destacar la irregularidad que encerraban.

¡Cuán diferente sería la posición de dos cristianos quienes, conociendo el mandato del Señor sobre este tema, se casan en desafío del mismo! Desde el punto de vista cristiano, el matrimonio sería técnico y el adulterio sería la consideración sobresaliente. Los tales creyentes no podrían ser recibidos de nuevo en una comunión cristiana hasta estar conscientes de la enormidad de su pecado y hasta que su arrepentimiento fuese tan patente como para estar dispuestos a separarse el uno del otro.

Las leyes de nuestro país, y de muchos otros, sobre el divorcio parecen haber sido promulgadas en la más absoluta ignorancia, sino en abierto desafío a los decretos del Señor. El hecho de que una unión matrimonial se ajuste a estas leyes no de por sí la hace aceptable delante de Dios.

Lo que sí hace es poner en dos situaciones fundamentales diferentes a: (i) los que, como la mujer de Sicar, habían creído que la ley de su país era el único criterio, y se sintieron libres a contratar el rematrimonio antes de ser convertidos; y (ii) los que hacen la misma cosa después de su conversión. Estos postreros deberían conocer la voluntad del Señor sobre el tema, y en un grado u otro son responsables por su ignorancia si no la conocen.

Sería sencilla la tarea de los ancianos al decidir quiénes podrían o no ser recomendados para la comunión de una asamblea local si cada caso cayera claramente en una de estas dos categorías. Tristemente, no es así; no se puede decir que cada pareja actúa o en completa ignorancia o en abierto desafío. Algunos, quizás, se recasan antes de salvos pero con cierta idea de que están contraviniendo un mandamiento divino. Ahora son convertidos, son jóvenes, tienen celo, y cada cual es capaz de mantenerse a sí mismo. Quizás las tales personas pensarán que sería para la honra de Dios que se separasen. Otros, en cambio, recasados después de su conversión, pueden decir que ignoraban la mente de Dios sobre estas cuestiones debido a falta de enseñanza, o aun enseñanza falsa de parte de los que han debido saber mejor.

Hay también una infinidad de combinaciones y circunstancias que tiene que ser tomadas en cuenta. Puede que el rematrimonio haya sido por poco tiempo o por mucho; a veces hay hijos y en otros casos no; puede que una de las partes sea enfermiza o incapacitada de mantenerse. La realidad es que algunos de estos creyentes se encuentran en situaciones de las cuales no hay salida sin perjudicar y dañar a otros, y estas consideraciones bien pueden llevar más peso que la irregularidad técnica de su unión conyugal.

Dios nos ha dejado abierta una vía por la cual se puede manifestar gracia a los que en ignorancia se han metido en situaciones contrarias a su voluntad pero son remediables. A la vez ha hecho claro que nunca debemos ignorar que su posición es irregular, por irremediable que sea.

En su primera carta a Timoteo el apóstol exige, como hace también en su escrito a Tito, que el anciano o diácono sea marido de una esposa. En las ciudades poliglotas del Mediterráneo oriental, es casi seguro que había hombres de razas orientales con más de una esposa, casadas con ellas de una manera muy normal según sus propias leyes.

Ahora, cuando el Señor dijo, “Cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio”, Él estaba prohibiendo el divorcio específicamente y la poligamia implícitamente. Hasta ese entonces un judío había podido casarse con la segunda mujer con o sin la formalidad de despachar a la primera, por cuanto la ley de Moisés permitía tanto la poligamia como el divorcio.

Así, un hombre convertido en la Iglesia primitiva, con más de una esposa, bien podría encontrarse en un atascadero. La poligamia se prohibía; el divorcio también. ¿Qué hacer? Obviamente él tenía que obedecer la exigencia en cuanto al divorcio, ya que el mandamiento era explícito. La prohibición en cuanto a la poligamia era irremediable, pero era sólo implícita.

No obstante, el tal hombre estaba prohibido de asumir una función de responsabilidad o prominencia en la iglesia local, aun si sus calificaciones le señalaban como capacitado para esto. Al ser de otra manera, los nuevos o los jóvenes podrían pensar que la irregularidad de su posición era de poca importancia, y aun podrían seguir su ejemplo.

Aquí, aseguradamente, tenemos un principio que debería gobernar nuestra actitud hacia los que, actuando en ignorancia, se han envuelto en compromisos matrimoniales que no convienen pero tampoco admiten de solución. Debemos recibirlos en nuestra comunión, y sin guardar nada en su contra; pero su testimonio exige que debemos reconocer la irregularidad de su posición.

Diez razones y nueve razones

W.F. Hunter; Waynesboro, Estados Unidos;
dos anexos al libro The Divorce Problem,
publicado por el autor en 1952

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Diez razones por qué un creyente no se divorcia y se casa de nuevo:

 

  • Porque la institución original del matrimonio no contempla el divorcio; Génesis 2.24, Marcos 10.9
  • Porque el testimonio del Señor Jesucristo, Malaquías y Pablo declara y confirma que el matrimonio como Dios lo ordenó al principio es definitivo y no permite la poligamia, el divorcio, ni el rematrimonio de personas divorciadas; Marcos 10.3 al 9, Malaquías 2.14 al 16, Efesios 5.31.
  • Porque el permiso para repudiar a una esposa fue dado por Moisés solamente a los varones en Israel. Moisés nunca legisló para los creyentes de la época actual. El Señor Jesús permitió que quedara permisible el divorcio para los varones en Israel, pero sólo a causa de la fornicación y sólo para los que no eran sus discípulos.
  • Porque el Señor Jesús en ninguna parte concede permiso a sus discípulos a divorciarse. Los apóstoles tampoco hacen mención del divorcio respecto a los creyentes.
  • Porque el Señor Jesús declara una prohibición absoluta: “Lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”, Mateo 19.6. Y: “que el marido no abandone a su mujer”, y “si se separa, quédese sin casar”, 1 Corintios 7.11.
  • Porque está declarado que “la mujer no tiene potestad sobre su propio cuerpo, sino el marido; ni tampoco tiene el marido potestad sobre su propio cuerpo, sino la mujer”, 1 Corintios 7.4. Pero el divorcio requiere que una de las partes quite su cuerpo de la autoridad de la otra.
  • Porque al esposo cristiano se le manda amar a su esposa de la manera y en la medida en
  • que Cristo ama a su Iglesia; Efesios 5.25. El divorcio no es cónsono con ese amor.
  • “El que ama a su mujer, a sí mismo se ama”, pero el divorcio de una esposa no es amarse a sí mismo. Una persona no puede divorciarse de una parte de sí.
  • Porque toda la idea del divorcio está en desacuerdo con “la verdadera gracia de Dios” en la cual el creyente está; 1°Pedro 5.12. Considere el asunto del perdón. En esta gracia, Dios espera que sus hijos le imiten a él, Efesios 4.32, 5.1, y al Señor Jesús, Juan 8.10,11. El adulterio es un pecado grave y un reproche que no se elimina en esta vida, pero no debe ser visto como un pecado sin perdón. Aquellos que se divorcian ponen un gran obstáculo en el camino del arrepentimiento de la parte culpable. Ellos trancan la puerta de la reconciliación y así niegan la realidad de la gracia de Dios.
  • Porque a los creyentes les es prohibido llevar el uno al otro ante los tribunales del mundo; 1 Corintios 6.1. La única manera de obtener un divorcio es de acudir al tribunal.

 

Nueve razones por qué Mateo 5.32 y 19.9 no aplican al creyente:

 

  • Porque el divorcio fue permitido por Moisés, y él nunca legisló para los cristianos. Fue permitido para los varones israelitas; Deuteronomio 24.1,2.
  • Porque el estatuto mosaico del divorcio se adaptaba solamente al matrimonio que practicaban los judíos. No fue el divorcio que conocemos en estos tiempos en el cristianismo. Fue la anulación de la primera parte del pacto matrimonial en el período del desposorio, y no tenía aplicación a un matrimonio establecido. El caso de José y María es un ejemplo; Mateo 1.18,19.
  • Porque la dureza de corazón se asocia con el divorcio; Mateo 19.8.
  • Porque el permiso a divorciarse se dio tan sólo al sexo masculino en Israel, pero hoy día hay mujeres que emplean estos versículos como excusa para divorciarse de sus maridos.
  • Porque fornicación no quiere decir adulterio sino una falta de castidad antes del matrimonio o una unión ilícita en un matrimonio que carece de validez.
  • Porque Marcos omitió en 10.3 al 9 las palabras que permiten el divorcio a causa de la fornicación en Mateo. Las omisiones en la Biblia son de origen divino. Marcos escribió para lectores gentiles. El permiso a divorciarse se encuentra sólo en Mateo con su aplicación especial al judío, y así se asocia con la ley de Moisés y la nación de Israel.
  • Porque cuando Pablo escribió a la asamblea en Corinto sobre el divorcio, él no usó las palabras en Mateo, citando más bien el mandamiento del Señor que prohíbe el divorcio. Este mandamiento era la regla aceptada por los cristianos desde el principio y se basa en Mateo 19.3 al 8 y Lucas 16.18.
[Nota del redactor de esta antología: Pocos estudiosos de la Biblia estarían de acuerdo con la idea que la carta a los corintios haya sido escrita después de los tres Evangelios mencionados aquí. Este es solamente un punto entre varios —y uno de menor importancia— por los cuales este libro ha sido criticado severamente.]
  • Porque cuando un cristiano basa su autoridad de divorciarse en Mateo 5.32 y 19.9, él está creando confusión y anulando otros pasajes que están en contraposición con Mateo. Estos son Marcos 10.11,12, Lucas 16.18 y 1 Corintios 7.10,11.
  • Finalmente, cuando estos pasajes en Mateo se interpretan por la regla de la última mención, se ve que su enseñanza está desplazada en lo que se refiere al cristiano. Véase 1 Corintios 7.10,11.

 

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